Está Vd. en

Documento BOE-B-2018-46779

Extracto de la Resolución de18 de septiembre de 2018, de la Subsecretaria de Industria, Comercio y Turismo, por la que se convocan subvenciones a las plantas potabilizadoras para desalación de agua de mar en las Islas Canarias

Publicado en:
«BOE» núm. 237, de 1 de octubre de 2018, páginas 59284 a 59285 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-B-2018-46779

TEXTO

BDNS(Identif.):416362

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.

Podrán acogerse a las subvenciones previstas en esta resolución las entidades locales o empresas públicas o concesionarias que, en las Islas Canarias, cumplan simultáneamente las condiciones establecidas en el artículo 2 de la Orden IET/1150/2014, de 30 de junio:

a) Ser o haber sido titulares del servicio público de abastecimiento de agua o de la explotación del mismo.

b) Verter o haber vertido agua, obtenida a través de un proceso de desalación de agua de mar, a la red de distribución para el consumo doméstico.

Segundo. Objeto.

Subvenciones a las plantas potabilizadoras para desalación de agua de mar en las Islas Canarias, con la finalidad de abaratar el precio final del agua potable para consumo doméstico producida en las plantas desaladoras situadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, impulsando la eficacia y eficiencia en todo el proceso. Las actuaciones a subvencionar por esta convocatoria deben haberse realizado en el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2017 y el 30 de junio de 2018, ambos inclusive.

Tercero. Bases Reguladoras.

Orden IET/1150/2014, de 30 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a las plantas potabilizadoras para desalación de agua de mar en las Islas Canarias (BOE n.º 161, de 3 de julio).

Cuarto. Cuantía.

Las subvenciones se financiarán con cargo al crédito disponible del consignado en las aplicaciones presupuestarias 20.01.421M.451 (500.000,00 euros) 20.01.421M.461 (3.000.000,00 euros) y 20.01.421M.471 (5.000.000,00 euros) de los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2018, hasta un máximo de 8.500.000,00 euros. Esta distribución tiene carácter estimativo, pudiéndose aplicar fondos remanentes de una aplicación a otra. El pago de la subvención se ordenará tras la resolución de concesión.

Quinto. Tramitación electrónica.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública, la tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases del procedimiento. Las solicitudes, comunicaciones y demás documentación exigible relativa a las solicitudes que concurran a esta convocatoria, serán presentadas en el registro electrónico del Ministerio.

Sexto. Plazo de presentación de las solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles cuyo cómputo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel en que se produzca la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Las solicitudes de subvención se dirigirán al Gabinete Técnico de la Subsecretaría de Industria, Comercio y Turismo, y estarán disponibles para su cumplimentación en el Portal de Ayudas alojado en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (https://sede.minetur.gob.es).

Séptimo. Documentación que deberá adjuntarse a las solicitudes.

a) Documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones para ser beneficiario.

b) Fotocopia de la Tarjeta de personas jurídicas y entidades en general.

c) Poder notarial del firmante de la solicitud y escritura pública de la constitución de la sociedad.

d) Acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

e) Declaración de las subvenciones relativas a la misma actuación solicitadas a las Comunidades Autónomas, la Unión Europea.

f) Declaración de no hallarse incurso en ninguna de las causas recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

g) Declaración de no ser deudor de la Administración por resolución de procedencia de reintegro.

h) Certificado expedido por la Dirección General de Industria y Energía del Gobierno de Canarias.

i) Facturas de consumo del suministro eléctrico.

j) Certificación de los costes incurridos en el proceso de potabilización del agua desalada en términos de gastos pagados.

Octavo. Órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento.

Corresponde al Gabinete Técnico de la Subsecretaría del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo la ordenación e instrucción del procedimiento.

Noveno. Procedimiento de concesión.

La concesión de estas subvenciones se efectúa mediante régimen de concurrencia competitiva.

Madrid, 18 de septiembre de 2018.- El Subsecretario de Industria, Comercio y Turismo, Fernando Valdés Verelst.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid