BDNS(Identif.):448972
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8ª de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans):
Primero. Beneficiarios:
1) Entidades u organizaciones no gubernamentales que reúnan los siguientes requisitos:
a. Tener como fines institucionales primordiales la realización de actividades a favor de los siguientes colectivos: inmigrantes, solicitantes y beneficiarios de protección internacional, apatridia y protección temporal.
b. Carecer de fines de lucro.
c. Tener ámbito de actuación estatal, según título constitutivo, excepto aquellas organizaciones cuyo ámbito territorial de actuación sea Ceuta y Melilla.
d. Deberán estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente registro administrativo estatal.
e. Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria.
f. No haber reintegrado más del 40 por ciento de las ayudas y subvenciones recibidas en cualquiera de las últimas cinco convocatorias como resultado de un procedimiento de reintegro.
2) Organismos Internacionales que tengan sede permanente en el Estado español y cumplan los requisitos a), b), e) y f) del punto anterior.
Segundo. Objeto:
El objeto de estas subvenciones será la realización de proyectos que favorezcan la acogida e integración de las personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional, del estatuto de apátrida y de las personas acogidas al régimen de protección temporal en España. Asimismo, se desarrollarán proyectos de atención sociosanitaria dirigidos a los residentes en los CETI de Ceuta y Melilla.
Existen cinco prioridades distintas, en las condiciones y con los requisitos que se recogen en la Resolución de convocatoria. Cada entidad únicamente podrá presentar en su solicitud un proyecto por cada prioridad, salvo en el caso de la prioridad III, en la que se podrá presentar un proyecto por cada tipo:
Proyectos financiados exclusivamente por Presupuestos Generales del Estado:
. Prioridad I. Proyectos dirigidos a la creación y mantenimiento de dispositivos de acogida y el desarrollo de itinerarios de integración para personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional, solicitantes y beneficiarias del estatuto de apátrida, personas acogidas al régimen de protección temporal en España.
Proyectos cofinanciados por el Fondo de Asilo, Migración e Integración (FAMI):
. Prioridad II. Proyectos que faciliten la atención sociasanitaria en los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) de Ceuta y Melilla.
. Prioridad III. Proyectos dirigidos a la sensibilización, formación de profesionales y acogida de grupo específicos. Tipos de proyectos:
1. Proyectos dirigidos a favorecer el conocimiento sobre las personas solicitantes de asilo y beneficiarias de protección internacional, así como a la sensibilización de la sociedad de acogida.
2. Proyectos de formación y perfeccionamiento de profesionales y personas voluntarias que desarrollen su actividad en el marco de las prioridades I, III.3 y V de esta convocatoria, así como otros agentes implicados.
3. Proyectos dirigidos a la creación o mantenimiento de recursos específicos para la atención integral de grupos vulnerables.
. Prioridad IV. Proyectos de equipamiento y adaptación de inmuebles. El objeto de estos proyectos es el apoyo a la adquisición de recursos materiales adecuados para el funcionamiento o la adaptación de los dispositivos de acogida de las entidades, de las oficinas necesarias para la gestión de los mencionados dispositivos y de las oficinas donde se prestan las actuaciones dirigidas a las personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional previstas en el Sistema de acogida e integración.
Proyectos cofinanciados por el Fondo Social Europeo (Programa Operativo de Inclusión Social y de la Economía Social):
. Prioridad V. Proyectos de empleo. El objeto de esta prioridad es desarrollar itinerarios integrados de inserción laboral individualizados destinados a personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional, del estatuto de apátrida y de protección temporal, así como impulsar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, evitar la producción en el ámbito laboral de conductas xenófobas y fomentar la diversidad en el ámbito empresarial.
Tercero. Bases Reguladoras:
Orden ESS/1423/2012, de 29 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el área de integración de los inmigrantes, solicitantes y beneficiarios de protección internacional, apatridia y protección temporal.
Cuarto. Cuantía:
Las subvenciones para los proyectos objeto de la presente convocatoria tendrán carácter plurianual siendo la cuantía máxima a otorgar de 219.947.640 euros, de los cuales 167.178.640 euros se imputarán al presupuesto del ejercicio 2019, 39.576.750 euros al presupuesto del ejercicio 2020 y 13.192.250 euros al presupuesto de 2021.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Las solicitudes para participar en la presente convocatoria deberán presentarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 2 de abril de 2019.- Directora General de Integración y Atención Humanitaria, Estrella Rodríguez Pardo.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid