BDNS(Identif.):451498
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como el artículo 58.5 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Crédito.
El crédito ampliable consignado en los Presupuestos Generales del Estado con un importe de 13.546.450,00 euros, que se señalaba en el apartado primero de la Resolución de 23 de abril de 2019, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales, se incrementa en 36.326.710,59 euros por lo que el crédito a distribuir en la convocatoria asciende a 49.873.160,59 euros
Segundo. Presentación de solicitudes.
La publicación del crédito destinado a la convocatoria que se hace mediante esta resolución no supone la apertura de plazo para la presentación de nuevas solicitudes de subvención, ni tampoco el inicio de un nuevo cómputo de plazo para la resolución de la convocatoria.
Tercero. Entrada en Vigor.
Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 30 de septiembre de 2019.- La Secretaria de Estado de Servicios Sociales, Ana Isabel Lima Fernández.
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