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Documento BOE-B-2019-53398

Extracto de la Resolución de 3 de diciembre de 2019 de la Dirección General de Migraciones, por la que se convocan ayudas para 2020, del Programa de Asociaciones de la Orden ESS/1613/2012, de 19 de julio.

Publicado en:
«BOE» núm. 298, de 12 de diciembre de 2019, páginas 68909 a 68909 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
Referencia:
BOE-B-2019-53398

TEXTO

BDNS(Identif.):485246

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).

Primero. Convocatoria

La Dirección General de Migraciones convoca para 2020 ayudas del Programa de Asociaciones de la Orden ESS/1613/2012, de 19 de julio.

Segundo. Objeto

Estas subvenciones tienen por objeto contribuir a la financiación de los gastos de funcionamiento de las federaciones, asociaciones y centros de españoles en el exterior, y además subvencionar los gastos ocasionados por las reparaciones y el mantenimiento de los centros e instalaciones de las entidades radicadas en el exterior, cuya finalidad sea la asistencia social, sanitaria y sociocultural a favor de los españoles del exterior.

Tercero. Normas generales de la convocatoria

Podrán optar a estas ayudas las federaciones, asociaciones o centros de españoles en el exterior, que cuenten con un número de asociados mayor de cincuenta, y que desarrollen una labor asistencial a favor de los españoles del exterior, así como entidades que tengan por finalidad el apoyo y la promoción sociocultural de los españoles en el exterior.

Las entidades solicitantes deberán carecer de ánimo de lucro, estar legalmente constituidas, radicadas en el extranjero y figurar inscritas, en su caso, en el Censo de Asociaciones y Centros de la Dirección General de Migraciones, con dos años de antelación a la fecha de presentación de la solicitud.

Las solicitudes de ayudas se formalizarán en los modelos normalizados que están disponibles en la página web del Portal de la ciudadanía española en el exterior

http://www.ciudadaniaexterior.mitramiss.gob.es/es/horizontal/formularios/index.htm y en la sede electrónica del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social:

https://expinterweb.mitramiss.gob.es/ley11/inicio/showTramites.action?procedimientoSel=27&proc=5

El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días naturales a partir del día siguiente al de publicación del presente extracto en el B.O.E.

Madrid, 3 de diciembre de 2019.- Director General de Migraciones, José Alarcón Hernández.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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