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Documento BOE-B-2020-14302

Extracto de la Orden de 20 de mayo de 2020, por la que se convoca para el año 2020 la concesión de subvenciones a entidades del Tercer Sector u Organizaciones No Gubernamentales que desarrollen actividades de interés general consideradas de interés social en materia de investigación científica y técnica de carácter medioambiental

Publicado en:
«BOE» núm. 150, de 27 de mayo de 2020, páginas 19474 a 19475 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2020-14302

TEXTO

BDNS (Identif.): 506885.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).

Primero.- Convocatoria.

Se convoca para el ejercicio 2020, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones dirigidas a las entidades del Tercer Sector u Organizaciones no Gubernamentales que desarrollen actividades de interés general consideradas de interés social en materia de investigación científica y técnica de carácter medioambiental. Dichas subvenciones se destinarán únicamente a las actuaciones realizadas en el período comprendido entre el primero de enero del año de su convocatoria y el plazo establecido para la justificación de las mismas.

Segundo.- Beneficiaros.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas las organizaciones y entidades previstas en el artículo 2 de la Orden de bases reguladoras de dichas ayudas.

Tercero.- Solicitudes y plazo de presentación.

Las solicitudes se presentarán en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este Extracto de la Orden en el "Boletín Oficial del Estado", en el Registro Electrónico del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a través de su sede electrónica (https://sede.miteco.gob.es/portal/site/se) según los artículos 14 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuarto.- Financiación de las ayudas.

La financiación de las subvenciones previstas en esta orden se efectuará con cargo al concepto presupuestario 23.01.451O.485, de los Presupuestos Generales del Estado en vigor para 2019 prorrogados para el año 2020, en una cuantía total de tres millones seiscientos sesenta mil seiscientos cincuenta euros (3.660.650 €).

El crédito disponible en esta convocatoria puede verse incrementado en una cuantía adicional máxima de 6.623.466,19 euros, procedente de la cantidad total asignada para otros fines de interés social en las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del periodo impositivo 2018. Esta cuantía se corresponde con la cuantía resultante de la liquidación definitiva del citado periodo impositivo.

Quinto.- Criterio de adjudicación.

La distribución de los fondos y sus cuantías se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Orden de bases.

Madrid, 20 de mayo de 2020.- La Vicepresidenta Cuarta del Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera Rodríguez.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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