Está Vd. en

Documento BOE-B-2021-293

Extracto de la Resolución de 23 de diciembre de 2020 de la Presidencia del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial E.P.E., por la que se aprueba la convocatoria para 2020 del Procedimiento de acreditación y concesión de ayudas destinadas a Centros Tecnológicos de Excelencia "Cervera".

Publicado en:
«BOE» núm. 3, de 4 de enero de 2021, páginas 361 a 363 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-B-2021-293

TEXTO

BDNS(Identif.):541990

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/541990)

Primero. Beneficiarios.

Los beneficiarios deben ser agrupaciones de personas jurídicas que puedan llevar a cabo proyectos en cooperación. Estas agrupaciones deberán estar integradas por Centros Tecnológicos y/o Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal, que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal.

La agrupación deberá estar integrada por un mínimo de tres y un máximo de cinco centros. Las actividades dentro de la agrupación deberán estar equilibradas, de modo que la participación, en términos presupuestarios, del coordinador no supere el 50% del presupuesto solicitado y la de los socios esté entre el 15% y el 35% del presupuesto solicitado.

Asimismo, de conformidad con el artículo 3.3 de la Orden CNU/320/2019, de 13 de marzo, los beneficiarios deberán cumplir con la definición y condiciones que se especifican para los organismos de investigación y de difusión de conocimientos en los puntos 1 y 2 del anexo I de la citada orden.

Segunda. Objeto.

El objeto de las ayudas es financiar las actividades necesarias para la consecución de los objetivos establecidos en los programas estratégicos de investigación, desarrollo e innovación de los centros tecnológicos y conceder a estos centros la acreditación de «Centro de Excelencia Cervera» en la tecnología prioritaria para la que hayan obtenido la ayuda. En ningún caso será objeto de ayuda la realización de actividades económicas.

Estas ayudas financiarán programas estratégicos de investigación, desarrollo e innovación, desarrollados en cooperación. Los programas estratégicos deberán centrarse en una de las "tecnologías prioritarias Cervera" establecidas en el Anexo I de la Convocatoria:

Materiales avanzados.

Economía circular.

Transición energética.

Fabricación inteligente.

Tecnologías para la salud.

Cadena alimentaria segura y saludable.

Deep learning, Inteligencia Artificial.

Redes móviles avanzadas.

Transporte inteligente.

Protección de la información.

Computación cuántica.

Y deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) De cuantía: los programas deberán tener un presupuesto mínimo solicitado de 2.000.000 euros y máximo de 4.000.000 euros. El presupuesto mínimo financiable deberá ser de 1.700.000 euros.

b) Distribución presupuestaria equilibrada por años: los programas estratégicos deberán tener una distribución equilibrada del presupuesto a lo largo de la duración del mismo.

c) De duración: el plazo de ejecución de los programas estratégicos será de tres años naturales, a contar desde la fecha que se determine en la resolución de concesión, que no podrá ser anterior al 1 de enero de 2021.

d) De contenido: los programas estratégicos deberán tener el contenido mínimo establecido en el Anexo III de la presente convocatoria y adecuarse a la tecnología prioritaria Cervera seleccionada en la solicitud. En caso de que el programa presentado no se adecúe claramente a la tecnología prioritaria seleccionada se podrá desestimar la solicitud.

La ayuda se calculará como un porcentaje del presupuesto del programa estratégico hasta un máximo del 100%. La cuantía individual máxima de cada ayuda por agrupación beneficiaria será de 4.000.000 euros.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden CNU/320/2019, de 13 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas en el marco del Programa Estatal de Generación de Conocimiento y Fortalecimiento Científico y Tecnológico del Sistema de I+D+i y en el marco del Programa Estatal de I+D+i Orientada a los Retos de la Sociedad, del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020.

Cuarto. Financiación.

El presupuesto de esta convocatoria es de 20.000.000 euros y se financiará con cargo a la aplicación 27.12.467C.74919 de los Presupuestos Generales del Estado de 2018 prorrogados para 2020.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes y documentación anexa comenzará el 1 de febrero de 2021 y finalizará el día 15 de marzo de 2021 a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.

Madrid, 23 de diciembre de 2020.- La Presidenta del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, E.P.E, D.ª Teresa Riesgo Alcaide.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid