Está Vd. en

Documento BOE-B-2021-41087

Resolución de 1 de octubre de 2021, de la Subdelegación del Gobierno en Huesca, sobre finalización y archivo de procedimientos sancionadores.

Publicado en:
«BOE» núm. 239, de 6 de octubre de 2021, páginas 56259 a 56261 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Política Territorial
Referencia:
BOE-B-2021-41087

TEXTO

Vistos los procedimientos sancionadores que figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución y analizados los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- Esta Subdelegación del Gobierno acordó iniciar los procedimientos sancionadores objeto de la presente resolución, por incumplimiento de los apartados 1, 3 o 5 del artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, de conformidad con las instrucciones cursadas por el Ministro del Interior a las Delegaciones del Gobierno, en las que se consideraba que el incumplimiento de tales preceptos constituía desobediencia a las órdenes del Gobierno y su inobservancia subsumida dentro de la infracción grave del artículo 36.6 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana.

Y teniendo en cuenta los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- De conformidad con el artículo 32.1.c) de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana, la competencia para la resolución de procedimientos administrativos sancionadores por infracciones graves corresponde al Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Aragón, competencia que fue delegada, para los hechos ocurridos en la provincia, en la Subdelegada del Gobierno en Huesca por resolución de 14 de julio de 2015, relativa a la delegación de competencias en materia sancionadora sobre seguridad ciudadana (BOE de 17 de julio de 2015).

SEGUNDO.- El artículo 57 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispone que 'El órgano administrativo que inicie o tramite un procedimiento, cualquier que haya sido la forma de su iniciación, podrá disponer, de oficio o a instancia de parte, su acumulación a otros con los que guarde identidad sustancial o íntima conexión, siempre que sea el mismo órgano que deba tramitar y resolver el procedimiento. Contra el acuerdo de acumulación no procederá recurso alguno'.

TERCERO.- La Sentencia del Tribunal Constitucional, Pleno, número 148/2021, de 14 de julio, ha estimado parcialmente el recurso de inconstitucionalidad n.º 2054-2020 interpuesto contra el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y ha declarado inconstitucionales y nulos los apartados 1, 3 y 5 de su artículo 7, con el alcance y efectos señalados por la propia sentencia.

CUARTO.- De acuerdo con el artículo 89.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas ''El órgano instructor resolverá la finalización del procedimiento, con archivo de las actuaciones, sin que sea necesaria la formulación de la propuesta de resolución, cuando en la instrucción del procedimiento se ponga de manifiesto que concurre alguna de las siguientes circunstancias:

c) Cuando los hechos probados no constituyan, de modo manifiesto, infracción administrativa''.

En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos mencionados y en uso de las facultades conferidas,

RESUELVO

PRIMERO.- Acordar la acumulación de los procedimientos sancionadores que figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución.

SEGUNDO.- Declarar finalizados los procedimientos sancionadores que figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, con archivo de las actuaciones seguidas en los mismos.

TERCERO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, al apreciar razones de interés público.

La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de UN MES contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente resolución.

ANEXO RESOLUCIÓN

2959/2021 X6356465R Osso de Cinca Resolución LO 4/2015
2960/2021 49261567Y Zaidín Resolución LO 4/2015
2962/2021 21020748J Binéfar Resolución LO 4/2015
2963/2021 18066643M Alcolea de Cinca Resolución LO 4/2015
2965/2021 Y1457648Z Bareyo Resolución LO 4/2015
2966/2021 49243306F Fueva, La Resolución LO 4/2015
2967/2021 Y2741914Y Graus Resolución LO 4/2015
2968/2021 X5271846Q Vielha e Mijaran Resolución LO 4/2015
2969/2021 Y6071227T Zaidín Resolución LO 4/2015
2970/2021 46945416R Huesca Resolución LO 4/2015
2971/2021 X6239899E Huesca Resolución LO 4/2015
2972/2021 X8940872J Huesca Resolución LO 4/2015
2973/2021 X5083919E Huesca Resolución LO 4/2015
2974/2021 X6239899E Huesca Resolución LO 4/2015
2975/2021 18056645N Huesca Resolución LO 4/2015
2979/2021 18060912R Chimillas Resolución LO 4/2015
2980/2021 18095184A Huesca Resolución LO 4/2015
2981/2021 78756047E Marcilla Resolución LO 4/2015
2982/2021 18069303C Huesca Resolución LO 4/2015
2983/2021 Y5416826H Zaragoza Resolución LO 4/2015
2984/2021 18065181S Huesca Resolución LO 4/2015
2987/2021 18051927D Sariñena Resolución LO 4/2015
2988/2021 18054626V Huesca Resolución LO 4/2015
2989/2021 X6239899E Huesca Resolución LO 4/2015
2993/2021 26903127G Barcelona Resolución LO 4/2015
2994/2021 47828877D Roquetes Resolución LO 4/2015
2995/2021 18059753S Siétamo Resolución LO 4/2015
2996/2021 18069086X Peñas de Riglos, Las Resolución LO 4/2015
3001/2021 Y5416826H Zaragoza Resolución LO 4/2015
3002/2021 18050681M Huesca Resolución LO 4/2015
3004/2021 18094699R Huesca Resolución LO 4/2015
3005/2021 18099375P Huesca Resolución LO 4/2015
3009/2021 47640953H Barcelona Resolución LO 4/2015
3010/2021 46707003Y Badalona Resolución LO 4/2015
3011/2021 46405991H Barcelona Resolución LO 4/2015
3012/2021 X3438642G Sils Resolución LO 4/2015
3014/2021 X5784159G Girona Resolución LO 4/2015
3027/2021 49943752B Soses Resolución LO 4/2015
3028/2021 X6061547N Lleida Resolución LO 4/2015
3029/2021 49943753N Soses Resolución LO 4/2015
3030/2021 Y6652532A Alcarràs Resolución LO 4/2015
3031/2021 43705121S Lleida Resolución LO 4/2015
3035/2021 47690900D Lleida Resolución LO 4/2015
3076/2021 41011496N Lleida Resolución LO 4/2015
3077/2021 73025260F Lleida Resolución LO 4/2015
3078/2021 16639794F Lleida Resolución LO 4/2015
3080/2021 78094348X Balaguer Resolución LO 4/2015
3083/2021 18067788T Huesca Resolución LO 4/2015
3178/2021 X9047557R Barcelona Resolución LO 4/2015
3179/2021 X3125840W Sils Resolución LO 4/2015
3180/2021 28734612E Rosselló Resolución LO 4/2015
3196/2021 X5277386J Zaragoza Resolución LO 4/2015
3198/2021 X4172374J Lleida Resolución LO 4/2015
3202/2021 46477884J Sant Vicenç dels Horts Resolución LO 4/2015
3203/2021 48142395Z Corbera de Llobregat Resolución LO 4/2015
3206/2021 44975159Q Santurtzi Resolución LO 4/2015
3207/2021 48033824A Barcelona Resolución LO 4/2015
3213/2021 X3679571P Girona Resolución LO 4/2015

Huesca, 1 de octubre de 2021.- El Instructor del Procedimiento, Alfonso Gómez Villanueva.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid