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Documento BOE-B-2023-23060

Extracto de la Resolución de 31 de julio de 2023, de la Fundación EOI, F.S.P. por la que se convoca la concesión de ayudas dirigidas a impulsar el crecimiento de las pymes a través de la iniciativa «Activa Crecimiento», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 2 de agosto de 2023, páginas 37652 a 37653 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-B-2023-23060

TEXTO

BDNS(Identif.):710868

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/710868)

Primero. Beneficiarios.

Podrán obtener la condición de beneficiarias las empresas que tengan la condición de PYME, que tengan personalidad jurídica propia en España y estén legalmente constituidas y debidamente inscritas en el registro correspondiente y que en su condición de tales cumplan con lo establecido en el artículo 7 de la orden de bases para la concesión de ayudas dirigidas a impulsar el crecimiento de las pymes a través de los programas «Activa Industria 4.0», «Activa Crecimiento» y «Activa Ciberseguridad» en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicadas mediante Orden ICT/819/2022, de 12 de agosto.

Segundo. Objeto.

Las ayudas que se concedan en el marco de esta convocatoria tendrán la consideración de ayudas en especie, consistentes en la recepción de un asesoramiento especializado y personalizado que permita el impulso del crecimiento empresarial de pymes.

Las ayudas de esta convocatoria tienen la consideración de ayudas de menor importancia o de minimis, sujetas por tanto a lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

El objetivo del asesoramiento especializado y personalizado es ofrecer un diagnóstico y análisis de la empresa con objeto de detectar sus áreas potenciales de crecimiento y la elaboración de un Plan de Crecimiento con propuesta de acciones de mejora concretas en innovación, recursos humanos, operaciones, digitalización, marketing y comercialización y finanzas. Dicho Plan recogerá las líneas estratégicas en las que la empresa debe trabajar y definirá la hoja de ruta para poner en marcha cada una de las acciones propuestas para ser desarrolladas e implantadas por la empresa beneficiaria. El plazo de duración del servicio de asesoramiento será de un mínimo de cuatro meses y un máximo de cinco meses a contar desde la publicación de la resolución de concesión, salvo justificación aceptada por EOI.

La entidad beneficiaria recibirá un programa de acompañamiento, con 50 horas de asesoramiento y una duración de entre cuatro y cinco meses para cada pyme beneficiaria, contemplándose las siguientes etapas:

1.º Diagnóstico y análisis interno de la empresa.

2.º Elaboración de un Plan de Crecimiento.

3.º Taller grupal y cierre de la prestación del servicio.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden ICT/819/2022, de 12 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas dirigidas a impulsar el crecimiento de las pymes a través de los programas «Activa Industria 4.0», «Activa Crecimiento» y «Activa Ciberseguridad», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 204, de 25 de agosto de 2022.

Cuarto. Cuantía.

El gasto para esta convocatoria es de un máximo de QUINCE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA MIL EUROS (15.990.000,00 €) que será aportado por la Fundación EOI con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, integrándose en la inversión 2, «Crecimiento», del Componente 13, Impulso a la pyme.

La cuantía individualizada de las ayudas en especie que se concedan, entendida como el equivalente de subvención bruta, será de 6.150 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 5 de septiembre de 2023 y permanecerá abierto hasta que se agote el crédito presupuestario establecido en la convocatoria.

Madrid, 31 de julio de 2023.- Juan Ignacio Díaz Bidart, Director General de la Fundación EOI, F.S.P.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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