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Documento BOE-B-2024-12727

Extracto de la Resolución de 5 de abril de 2024 de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se aprueba la convocatoria de los Programas de Becas MAEC-AECID para capacitación de jóvenes españoles 2024-2025.

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 9 de abril de 2024, páginas 18707 a 18708 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Referencia:
BOE-B-2024-12727

TEXTO

BDNS(Identif.):753099

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/753099)

Primero. Beneficiarios:

Jóvenes españoles que cumplan con los requisitos que se señalan para cada uno de los programas fijados en los  correspondientes anexos de la convocatoria.

Segundo. Objeto de la convocatoria:

Conceder ayudas para la formación de jóvenes españoles, en los términos recogidos en los apartados y en los anexos I, II y III de la convocatoria, para cada uno de los siguientes programas:

Programa COOPERACIÓN: becas de capacitación para jóvenes españoles de formación en gestión de la cooperación al desarrollo en las Oficinas de la cooperación española (OCE) y en las Oficinas de la cooperación española especializadas - Centros de Formación (CF). Anexo I de la convocatoria.

Programa CULT: becas de capacitación para jóvenes españoles de formación en gestión cultural y diplomacia científica en la red exterior de representaciones diplomáticas y en las Oficinas de la cooperación española especializadas - Centros Culturales (CC). Anexo II de la convocatoria.

Programa COE: becas para la formación de jóvenes españoles en asuntos europeos en el Colegio de Europa. Anexo III de la convocatoria.

Tercero. Bases reguladoras:

Orden AEC/1098/2005, de 11 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, becas y ayudas de formación, investigación, intercambio, promoción, y de viajes y estancia de la Agencia Española de Cooperación Internacional (BOE núm. 99, de 26 de abril de 2005).

Cuarto Cuantía:

Cuantía total:  2.657.850,00 euros.

La dotación de una beca individual se detalla en el apartado 6 de la resolución de la convocatoria y en cada uno de los programas relacionados en los anexos I, II, y III de la convocatoria.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Programa COOPERACIÓN: becas de capacitación para jóvenes españoles de formación en gestión de la cooperación al desarrollo en las Oficinas de la cooperación española (OCE) y en las Oficinas de la cooperación española especializadas - Centros de Formación (CF). Anexo I de la convocatoria. Del 17 al 30 de abril de 2024.

Programa CULT: becas de capacitación para jóvenes españoles de formación en gestión cultural y diplomacia científica en la red exterior de representaciones diplomáticas y en las Oficinas de la cooperación española especializadas - Centros Culturales (CC). Anexo II de la convocatoria. Del 17 al 30 de abril de 2024.

Programa COE: becas para la formación de jóvenes españoles en asuntos europeos en el Colegio de Europa. Anexo III de la convocatoria. Del 23 de abril al 8 de mayo de 2024.

El régimen horario del cómputo de plazos se establecerá de acuerdo con el calendario, fecha y hora oficial publicado en la Sede Electrónica de la AECID. Todos los plazos finalizarán los días especificados a las 13:00:00 horas del registro telemático de la AECID.

Sexto. Otros datos de interés.

Las solicitudes tendrán que ser cumplimentadas debida y enteramente en castellano, en el formulario correspondiente, por vía telemática, conformado en www.aecid.gob.es, de forma completa y verídica. Antes de rellenar el formulario telemático de solicitud de beca, los interesados deberán estar registrados en la sede electrónica de la AECID, carpeta del ciudadano, a efectos de identificación y notificación.

De acuerdo con el artículo 10.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, a los interesados debidamente identificados en la carpeta del ciudadano se les admitirá como firma de la solicitud el envío telemático del formulario electrónico en el que conste de manera expresa su voluntad y consentimiento.  

La solicitud de beca se realizará para un único programa.

La documentación, relacionada para cada programa en la convocatoria, se adjuntará al formulario electrónico en formato pdf.

De acuerdo con la Orden AEC/2776/2011, de 7 de octubre es obligatoria la comunicación con la AECID utilizando sólo medios electrónicos.

Madrid, 5 de abril de 2024.- La Presidenta de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo. P.D. (Resolución de 2 de julio de 2009), el Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo. Antón Leis García.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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