BDNS(Identif.):797090
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/797090)
Primero. Entidades beneficiarias.
Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la convocatoria, las empresas, así como las entidades privadas sin ánimo de lucro y las administraciones públicas, que en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social no tengan la I+D+i entre sus fines ni como actividad a desarrollar.
Segundo. Objeto.
Las ayudas tienen como objeto promover la realización de proyectos de investigación industrial o de desarrollo experimental en empresas y en otras entidades del entorno socioeconómico, en los que se enmarque una tesis doctoral, a fin de favorecer la inserción laboral de personal investigador en estas entidades desde los inicios de sus carreras profesionales, contribuir a la empleabilidad de estos investigadores e investigadoras y promover la incorporación de talento en el tejido productivo y socioeconómico para elevar la competitividad del mismo.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden CIN/1025/2022, de 27 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas correspondientes a varios programas y subprogramas del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, cuya gestión corresponda a la Agencia Estatal de Investigación.
Cuarto. Cuantía.
La cuantía máxima destinada a financiar esta convocatoria asciende a 8.000.000 euros, que se imputará a las aplicaciones presupuestarias equivalentes, en los ejercicios 2026 y siguientes, a la actual 28.303.463B.770 de los Presupuestos Generales del Estado, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.
Quinto. Forma y plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes de participación serán presentadas por las entidades, de conformidad con el procedimiento que se describe en el artículo 14 de la convocatoria.
La cumplimentación y envío telemático de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
El plazo de presentación de las solicitudes de participación será desde el 21 de enero hasta el 6 de marzo de 2025 a las 14:00 horas (hora peninsular española).
Sexto. Evaluación de las solicitudes.
Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Trayectoria académica y/o científico-técnica del candidato/a.
b) Adecuación del candidato/a a las actividades de investigación a desarrollar.
c) Plan de Formación.
d) Calidad y viabilidad científico-tecnológica de la actividad propuesta.
e) Impacto y efecto incentivador en la actividad de I+D+I de la entidad solicitante.
La descripción de los criterios y subcriterios, así como su valoración, se determinan en el anexo de la convocatoria.
Madrid, 4 de diciembre de 2024.- El Presidente de la Agencia Estatal de Investigación, Juan Cruz Cigudosa García.
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