La Presidencia de la CHT acuerda la no adjudicación del contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 152.3 de la LCSP al concurrir razones de interés público debidamente justificadas que hacen necesario redefinir el contenido técnico del proyecto que sirve de base a la licitación.
Madrid, 31 de julio de 2026.- Presidente, Antonio Yáñez Cidad.
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