Advertidos errores en el texto de la Sentencia número 95/1990, de 23 de mayo, del Tribunal Constitucional, publicada en el suplemento al «Boletín Oficia! del Estado» número 147, de 20 de junio de, 1990, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:
El la página 22, primera columna, párrafo 4, línea 2, donde dice: «Presidente, don Eugenio Díaz Eimil,», debe decir: «Presidente, don Antonio Truyol Serra, don Eugenio Díaz Eimil,».
En la página 23, primera columna, párrafo 4, línea 3, donde dice: «referencia suscinta», debe decir: «referencia sucinta».
En la página 23, segunda columna, párrafo 7, línea 5, donde dice: «no subsidiario, no asimilable al alta.», debe decir: «no subsidiado, no asimilable al alta.».
En la página 23, segunda columna, párrafo 7, línea 12, donde dice: «aunque con razonamiento excesivamente», debe decir: «aunque con un razonamiento excesivamente».
En la página 24, segunda columna, párrafo 2, línea 19, donde dice: «por lo que, en virtud,», debe decir: «por lo que, en su virtud,».
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