Advertidos errores en el texto de la Sentencia núm. 73/1991, de 8 de abril, del Tribunal Constitucional, publicada en el suplemento al «Boletín Oficial del Estado» núm. 115, de 14 de mayo de 1991, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:
En la página 21, primera columna, párrafo 2, línea 17, donde dice: «razonablemente exigidos,», debe decir: «razonablemente exigibles».
En la página 21, primera columna, párrafo 4, línea 4, donde dice: «no puede admitirse ral vulneración», debe decir: «no puede admitirse tal vulneración».
En la pagina 21, segunda columna, párrafo 1, línea 6, donde dice: «plazo legal para interpretar recurso», debe decir, «plazo legal para interponer recurso».
En la página 22, primera columna, párrafo 4, línea 23, donde dice: «que el despido, al recibir la carta», debe decir «que el despedido, al recibir la carta».
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