Advertidos errores en el texto de la Sentencia núm. 171/1990, de 12 de noviembre, del Tribunal Constitucional, publicada en el suplemento al «Boletín Oficial del Estado» núm. 287, de 30 de noviembre de 1990, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:
En la página 21, primera columna, párrafo 8, línea 11, donde dice: «judicial y firme», debe decir: «judicial firme».
En la página 25, segunda columna, párrafo 4, línea 11, donde dice: «insidiosas y vejaciones sólo», debe decir:«insidiosas y vejaciones que sólo».
En la página 25, segunda columna, párrafo 4, línea 11, donde dice: «sólo pueden entenderse», debe decir: «sólo puedan entenderse».
En la página 26, primera columna, párrafo 2, línea 3, donde dice; «carecen de la neutralidad», debe decir; «carecen de neutralidad».
En la página 26, primera columna, párrafo 5, línea 10, donde dice: «condiciones idóneas de volar», debe decir: «condiciones idóneas para volar».
En la página 27, primera columna, párrafo 5, línea 4, donde dice: «y descalificadoras que perjudicarían», debe decir: «y descalificaciones que perjudicarían».
En la página 27, segunda columna, párrafo 4, línea 3, donde dice: «comunicación de información y opiniones», debe decir: «comunicación de informaciones y opiniones».
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