Advertidos errores en el texto de la sentencia numero 30/1992, de 18 de marzo de 1992, del Tribunal Constitucional, publicada en el suplemento al «Boletín Oficial del Estado» número 87, de 10 de abril de 1992, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:
En la página 10, primera columna, párrafo 7, línea 4, donde dice: «(art. 281 C.E.)», debe decir: «(art. 28.1 C.E.)».
En la página 11, primera columna, párrafo 2, linea 9, donde dice: «sólo por su contenido esencial», debe decir: «sólo por un contenido esencial».
En la página 11, primera columna, párrafo 5, línea 10, donde dice: «siendo partes sustituidos», debe decir: «siendo dichas partes sutituidos».
En la página 12, segunda columna, párrafo 4, línea 11, donde: dice: «le corresponde prestar audiencia en el sindicato», debe decir: «le corresponde prestar audiencia es al sindicato».
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