Advertidos errores en el texto de la Sentencia número 231/1991, de 10 de diciembre, del Tribunal Constitucional, publicada en el suplemento al «Boletín Oficial del Estado», número 3, de 3 de enero de 1992, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:
En la página 16, segunda columna, párrafo 11, líneas 2 y 3, donde dice: «67/1984, 108/1984, 176/1985,», debe decir: «67/1984, 109/1984, 176/1985,».
En la página 18, primera columna, párrafo 5, línea 3, donde dice: «no es posible defirenciarla», debe decir: «no es posible diferenciarla».
En la página 18, primera columna, párrafo 10, línea 5, donde dice: «la ineficacia interpretativa», debe decir: «la ineficacia interruptiva».
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