Advertidos errores en el texto de la Sentencia número 4/1992, de 13 de enero, del Tribunal Constitucional, publicada en el suplemento al «Boletín Oficial del listado» número 38, de 13 de febrero, se transcriben a continuación las oportunas correcciones:
En la pagina 12, segunda columna, párrafo 10, línea 7, donde dice: «fue el criterio adoptado por las Meas», debe decir «fue el criterio adoptado por las Mesas».
En la pagina 12, segunda columna, párrafo 10, línea 25, donde dice: «de la Comunidad ni en el Reglamento», debe decir: «de la Comunidad ni en el Estado ni en el Reglamento».
En la pagina 13, segunda columna, párrafo 6, línea 2, donde dice: «porque nada le obliga a utilizar», debe decir: «porque nada le obligaba a utilizar».
En la página 13, segunda columna, párrafo 8, línea 2, donde dice: «con sitema de mayor resto.», debe decir: «con sistema de mayor resto.».
En la pagina 15, primera columna, párrafo 4, línea 1, donde dice «2.1 Una vez», debe decir: «2. Una vez».
En la página 15, segunda columna, párrafo 4, línea 21, donde dice: «Y es patente que, dicha Asamblea», debe decir: «Y es patente que, cuando dicha Asamblea»
En la página 16, primera columna, párrafo 1, línea 2, donde dice: «paa atribuir», debe decir; «para atribuir».
En la pagina 16, primera columna, párrafo 3, línea 7, donde dice: «este tercera legislatura», debe decir: «esta tercera legislatura».
En la página 16, primera columna, párrafo 3, línea 9, donde dice: «de la edia más fuerte», debe decir, «de la media más fuerte».
En la pagina 16, segunda columna, párrafo 2, última línea, donde dice: «por lo que la presente demanda ha de se desestimada.», debe decir: «por lo que la presente demanda ha de ser desestimada.».
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