Está Vd. en

Documento BOIB-i-1997-90259

Corrección de errores advertidos en la versión castellana de la Ley 2/97 de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, publicada en el B.O.C.A.I.B. nº 76 de 21 de junio de 1997.

Publicado en:
«BOIB» núm. 92, de 24 de julio de 1997, páginas 11533 a 11533 (1 pág.)
Departamento:
Comunidad Autónoma de las Islas Baleares
Referencia:
BOIB-i-1997-90259

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose observado errores en la publicación de la Ley 2/97 de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares publicada en el BOCAIB n.º 76 de 21 de junio, a continuación se transcriben las siguientes rectificaciones:

– En el Artículo 2.–Régimen normativo:

Se suprime el apartado 2, quedando en consecuencia el apartado 3 como 2.

– En el artículo 10.–Devengo:

En el párrafo 1 a) donde dice: «función»; debe decir «Actividad».

– En la disposición adicional segunda, punto 2 b) donde dice: «Los precios satisfechos por los Usuarios de amarres de la Escuela de Vela Calanova»; debe decir: «Los precios satisfechos para los Usuarios de la Escuela de Vela Calanova en concepto de:

– amarres

– Invernadas

– Estancias en tierra por varadas.»

– En la disposición adicional tercera, debe añadirse un nuevo punto 3:

«3.–Los precios públicos a satisfacer por la prestación de los servicios académicos universitarios se fijarán y regularán de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 54.3.b), de la Ley Orgánica 11/1983 de 25 de agosto de Reforma Universitaria.»

– Se debe añadir como disposición adicional cuarta el texto que se transcribe a continuación:

«Disposición adicional cuarta.

Corresponderá a los Consells Insulars, la ordenación, la fijación de la cuantía, la gestión y la recaudación de las tasas por la realización de actividades o por la prestación de servicios que les hayan sido transferidos como propios por Ley de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.»

 

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 24/07/1997
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Ley 2/1997, de 3 de junio (Ref. BOE-A-1997-16031).
Materias
  • Baleares
  • Centros de enseñanza
  • Navegación marítima
  • Organización de las Comunidades Autónomas
  • Precios
  • Recaudación
  • Tasas
  • Universidades

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid