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Documento BOPV-p-2019-90505

Corrección de errores de la Ley 6/2019, de 9 de mayo, de Patrimonio Cultural Vasco.

Publicado en:
«BOPV» núm. 109, de 11 de junio de 2019, páginas 1 a 1 (1 pág.)
Departamento:
Comunidad Autónoma del País Vasco
Referencia:
BOPV-p-2019-90505

TEXTO ORIGINAL

El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto. Advertidos errores de dicha índole en el texto de la Ley 6/2019, de 9 de mayo, de Patrimonio Cultural Vasco, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 93, de 20 de mayo de 2019, se procede a su corrección.

En el artículo 9.1.f), en la página 2019/2359 (10/45),

donde dice:

«f) Espacio cultural.»

debe decir:

«f) Paisaje cultural.»En el artículo 9.2.f),

en la página 2019/2359 (10/45),

donde dice:

«f) Espacio cultural: ámbito natural, terrestre, costero o fluvial, rural, urbano o periurbano en el que se identifican significados diversos, tanto tangibles como intangibles.»

debe decir:

«f) Paisaje cultural: ámbito natural, terrestre, costero o fluvial, rural, urbano o periurbano en el que se identifican significados diversos, tanto tangibles como intangibles.»

En el artículo 38.4, en el texto en castellano, en la página 2019/2359 (22/45),

donde dice:

«4.– Cualquier intervención en un jardín histórico, en un itinerario cultural o en un espacio cultural respetará los siguientes criterios:»

debe decir:

«4.– Cualquier intervención en un jardín histórico, en un itinerario cultural o en un paisaje cultural, respetará los siguientes criterios:».

En el apartado 1 de la Disposición Derogatoria, en la página 2019/2359 (44/45),

donde dice:

«1.– Queda derogada la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco, salvo el Capítulo VI del Título III, relativo al patrimonio documental, así como el Capítulo I del Título V, sobre los servicios de archivos.»

debe decir:

«1.– Queda derogada la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco, salvo el Capítulo VI del Título III, relativo al patrimonio documental, así como el Capítulo I del Título IV, sobre los servicios de archivos.»

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 11/06/2019
  • La corrección de errores de la Ley 7/1990, de 3 de julio se establece por estar modificada por la Ley 6/2019, de 9 de mayo.
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Ley 6/2019, de 9 de mayo (Ref. BOE-A-2019-7957).
  • CORRIGE errores en la Ley 7/1990, de 3 de julio (Ref. BOE-A-2012-2861).
Materias
  • Archivos
  • Cultura
  • Espacios naturales protegidos
  • Jardines
  • Organización de las Comunidades Autónomas
  • País Vasco
  • Patrimonio cultural

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