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Documento DOUE-L-1977-80063

Reglamento (CEE) nº 467/77 de la Comisión, de 7 de marzo de 1977, relativo al método y al tipo de interés que deben aplicarse para el cálculo de los gastos de financiación de las intervenciones consistentes en compras, almacenamiento y comercialización.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 62, de 8 de marzo de 1977, páginas 9 a 10 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1977-80063

TEXTO ORIGINAL

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ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 07/03/1977
  • Fecha de publicación: 08/03/1977
  • Fecha de entrada en vigor: 11/03/1977
  • Aplicable desde el 1 de enero de 1977.
  • Fecha de derogación: 16/02/1988
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA por Reglamento 411/88, de 12 de febrero (Ref. DOUE-L-1988-80108).
  • SE AÑADE el art. 2a, por Reglamento 331/87, de 2 de febrero (Ref. DOUE-L-1987-80086).
  • SE SUSTITUYE el art. 1.6, por Reglamento 2734/86, de 3 de septiembre (Ref. DOUE-L-1986-81311).
  • SE MODIFICA por Reglamento 1730/86, de 3 de junio (Ref. DOUE-L-1986-80830).
  • SE SUSTITUYE art. 1.6, por Reglamento 3446/85, de 6 de diciembre (Ref. DOUE-L-1985-81028).
  • SE AÑADE el art. 1.4, por Reglamento 1550/85, de 6 de junio (Ref. DOUE-L-1985-80393).
  • SE MODIFICA art. 1, por Reglamento 400/85, de 15 de febrero (Ref. DOUE-L-1985-80132).
  • SE AÑADE el art. 1.5, por Reglamento 3617/83, de 21 de diciembre (Ref. DOUE-L-1983-80595).
  • SE MODIFICA el art. 2, por Reglamento 3141/83, de 8 de noviembre (Ref. DOUE-L-1983-80491).
  • SE AÑADE:
    • el art. 1.4 y un párrafo al art. 2, por Reglamento 175/81, de 22 de enero (Ref. DOUE-L-1981-80031).
    • un párrafo al art. 1.2, por Reglamento 241/79, de 8 de febrero (Ref. DOUE-L-1979-80048).
Materias
  • Almacenes
  • Comercialización
  • Gastos
  • Productos agrícolas

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