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Documento DOUE-L-1982-80259

Reglamento (CEE) nº 1837/82 de la Comisión, de 7 de julio de 1982, sobre cuarta modificación del Reglamento (CEE) nº 1629/77 sobre modalidades de aplicación de las medidas especiales de intervención destinadas a sostener el desarrollo del mercado del trigo blando panificable.

Publicado en:
«DOCE» núm. 202, de 9 de julio de 1982, páginas 28 a 29 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1982-80259

TEXTO ORIGINAL

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ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 07/07/1982
  • Fecha de publicación: 09/07/1982
  • Fecha de entrada en vigor: 12/07/1982
  • Aplicable desde el 1 de agosto de 1982.
Referencias anteriores
  • MODIFICA los arts. 4.3 y 5.2 y suprime el art. 5.6 del Reglamento 1629/77, de 20 de julio (Ref. DOUE-L-1977-80182).
Materias
  • Almacenes
  • Cereales
  • Contratos
  • Exportaciones
  • Importaciones
  • Normas de calidad
  • Organismo de intervención
  • Precios
  • Trigo

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