Está Vd. en

Documento DOUE-L-1984-80001

Reglamento (CEE) nº 13/84 de la Comisión, de 4 de enero de 1984, por el que se completa el Reglamento (CEE) nº 1859/82 relativo a la selección de las explotaciones contables para el registro de las rentas en las explotaciones agrícolas.

Publicado en:
«DOCE» núm. 3, de 5 de enero de 1984, páginas 11 a 12 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1984-80001

TEXTO ORIGINAL

REGLAMENTO ( CEE ) N º 13/84 DE LA COMISION

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,

Visto el Reglamento n º 79/65/CEE del Consejo , de 15 de julio de 1965 , por el que se crea una red de información contable agrícola sobre las rentas y la economía de las explotaciones agrícolas en la Comunidad Económica Europea (1) , modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 2143/81 (2) , y , en particular , el apartado 4 de su artículo 4 , el apartado 5 de su artículo 5 y el apartado 2 de su artículo 6 ,

Considerando que el Reglamento ( CEE ) n º 1859/82 de la Comisión de 12 de julio de 1982 relativo a la selección de las explotaciones contables para el registro de las rentas en las explotaciones agrícolas (3) no ha fijado en su

Anexo I el reparto del número de explotaciones contables en Italia entre las circunscripciones para el ejercicio contable 1983 ; que es conveniente , por consiguiente , completar dicho Anexo en tal sentido ;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité comunitario de la red de información contable agrícola ,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :

Artículo 1

En el Anexo I del Reglamento ( CEE ) n º 1859/82 , se completa la tabla relativa a Italia del modo siguiente :

Número de orden Designación de las circunscripciones Número de explotaciones contables para el ejercicio contable 1983

ITALIA

221 Val d'Aosta 206

222 Piemonte 752

230 Lombardía 2 641

241 Trentino 285

242 Alto Adigio 415

243 Veneto 851

244 Friuli-Venezia Giulia 428

250 Liguria 403

260 Emilia-Romagna 1 541

270 Toscana 907

281 Marche 502

282 Umbria 642

291 Lazio 620

292 Abruzzos 269

301 Molise 237

302 Campania 422

303 Calabria 471

311 Puglia 599

312 Basilicata 394

320 Sicilia 698

330 Sardegna 716

Total de Italia 14 000

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .

Será aplicable a partir del ejercicio contable de 1983 .

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .

Hecho en Bruselas , el 4 de enero de 1984 .

Por la Comisión

Poul DALSAGER

Miembro de la Comisión

(1) DO n º 109 de 23 . 6 . 1965 , p. 1859/65 .

(2) DO n º L 210 de 30 . 7 . 1981 , p. 1 .

(3) DO n º L 205 de 13 . 7 . 1982 , p. 5 .

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 04/01/1984
  • Fecha de publicación: 05/01/1984
  • Fecha de entrada en vigor: 06/01/1984
Referencias anteriores
  • MODIFICA el Anexo I del Reglamento 1859/82, de 12 de julio (Ref. DOUE-L-1982-80267).
Materias
  • Censo Agrario
  • Contabilidad
  • Explotaciones agrarias
  • Italia

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid