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Documento DOUE-L-1986-81622

Reglamento (CEE) nº 3527/86 del Consejo, de 17 de noviembre de 1986, que modifica el Reglamento (CEE) nº 2036/82, por el que se adoptan las normas generales relativas a las medidas especiales sobre los guisantes, habas, haboncillos y altramuz dulce.

Publicado en:
«DOCE» núm. 326, de 21 de noviembre de 1986, páginas 1 a 1 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1986-81622

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 1431/82 del Consejo, de 18 de mayo de 1982, por el que se prevén medidas especiales para los guisantes, habas, haboncillos y altramuz dulce (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento

(CEE) no 3127/86 (2), y, en particular, el apartado 5 de su artículo 3,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando que los artículos 1 y 2 del Reglamento (CEE) no 2036/82 (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1832/85 (4), se refieren al precio medio del mercado mundial; que el término « medio » se ha suprimido de esta expresión en el Reglamento (CEE) no 1431/82, con el fin de evitar dificultades de interpretación; que es conveniente, por consiguiente, ajustar el texto del Reglamento (CEE) no 2036/82,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el apartado 1 del artículo 1, en el párrafo segundo del apartado 2, en el apartado 3, en el párrafo primero del apartado 4, y en el párrafo primero del apartado 5 del artículo 2 del Reglamento (CEE) no 2036/82, se suprime el término « medio ».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 17 de noviembre de 1986.

Por el Consejo

El Presidente

M. JOPLING

(1) DO no L 162 de 12. 6. 1982, p. 28.

(2) DO no L 292 de 16. 10. 1986, p. 1.

(3) DO no L 219 de 28. 7. 1982, p. 1.

(4) DO no L 173 de 3. 7. 1982, p. 3.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 17/11/1986
  • Fecha de publicación: 21/11/1986
  • Fecha de entrada en vigor: 21/11/1986
Referencias anteriores
  • MODIFICA los arts. 1 y 2 del Reglamento 2036/82, de 19 de julio (Ref. DOUE-L-1982-80304).
Materias
  • Ayudas
  • Leguminosas

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