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Documento DOUE-L-1987-80607

Decisión de la Comisión, de 15 de mayo de 1987, por la que se aprueban los planes de erradicación acelerada de la brucelosis y la tuberculosis de los bovinos presentados por España.

Publicado en:
«DOCE» núm. 146, de 6 de junio de 1987, páginas 65 a 65 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1987-80607

TEXTO ORIGINAL

( 87/292/CEE )

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Economica Europea,

Vista la Decision 87/58/CEE del Consejo, de 22 de diciembre de 1986, relativa a la introduccion de una accion adicional en la Comunidad para la erradicacion de la brucelosis, de la tuberculosis y de la leucosis de los bovinos ( 1 ), y, en particular, su articulo 3,

Considerando que, de conformidad con el articulo 2 de la Decision 87/58/CEE, Espana elaborara planes de erradicacion acelerada de acuerdo con lo dispuesto en los articulos 2 y 3 de la Directiva 77/391/CEE del Consejo, de 17 de mayo de 1977, por la que se establece una accion de la Comunidad para la erradicacion de la brucelosis, de la tuberculosis y de la leucosis de los bovinos ( 2 ) y de acuerdo con los criterios contenidos en la Directiva 78/52/CEE del Consejo, de 13 de diciembre de 1977, por la que se establecen los criterios comunitarios aplicables a los planes nacionales de erradicacion acelerada de la brucelosis, de la tuberculosis y la leucosis enzootica de los bovinos ( 3 );

Considerando que en una carta, de fecha 5 de enero de 1987, Espana comunico a la Comision sus planes para la erradicacion acelerada de la brucelosis y la tuberculosis de los bovinos;

Considerando que el examen de dichos planes ha revelado que éstos concuerdan con la Directiva 77/391/CEE, la Directiva 78/52/CEE y la Decision 87/58/CEE y que se reunen pues, las condiciones para la participacion financiera de la Comunidad;

Considerando que las medidas previstas en la presente Decision se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente; que el Comité del Fondo ha sido consultado al respecto,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION :

Articulo 1

Quedan aprobados los planes para la erradicacion acelerada de la brucelosis y la tuberculosis de los bovinos presentados por Espana .

Articulo 2

Espana adoptara las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para la aplicacion de los planes mencionados en el articulo 1 con efectos de 1 de abril de 1987 .

Articulo 3

El destinatario de la presente Decision sera el Reino de Espana .

Hecho en Bruselas, el 15 de mayo de 1987 .

Por la Comision

Frans ANDRIESSEN

Vicepresidente

( 1 ) DO no L 24 de 27 . 1 . 1987, p . 51 .

( 2 ) DO no L 145 de 13 . 6 . 1977, p . 44 .

( 3 ) DO no L 15 de 19 . 1 . 1978, p . 34 .

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 15/05/1987
  • Fecha de publicación: 06/06/1987
  • Aplicable los planes desde el 1 de abril de 1987.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con la Decisión 87/58, de 22 de diciembre de 1986 (Ref. DOUE-L-1987-80056).
Materias
  • Ganado vacuno
  • Sanidad veterinaria

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