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Documento DOUE-L-1987-81261

Decisión del Consejo, de 28 de septiembre de 1987, relativa a la celebración del Protocolo adicional del Acuerdo de cooperación entre la Comunidad Económica Europea y la República Argelina Democrática y Popular.

Publicado en:
«DOCE» núm. 297, de 21 de octubre de 1987, páginas 1 a 9 (9 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1987-81261

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, su artículo 238,

Vista la recomendación de la Comisión (1),

Visto el dictamen conforme del Parlamento Europeo (2),

Considerando que conviene aprobar el Protocolo adicional del Acuerdo de

cooperación entre la Comunidad Económica Europea y la República Argelina Democrática y Popular (3), firmado en Argel el 26 de abril de 1976,

DECIDE:

Artículo 1

Queda aprobado, en nombre de la Comunidad, el Protocolo adicional del Acuerdo de cooperación entre la Comunidad

Económica Europea y la República Argelina Democrática y Popular.

El texto del Protocolo se adjunta a la presente Decisión.

Artículo 2

El presidente del Consejo procederá a la notificación prevista en el artículo 6 del Protocolo (4).

Artículo 3

La presente Decisión surtirá efecto el día siguiente al de

su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades

Europeas.

Hecho en Bruselas, el 28 de septiembre de 1987.

Por el Consejo

El Presidente

B. HAARDER

(1) DO N° C 97 de 10. 4. 1987, p. 2.

(2) Dictamen conforme emitido el 16 de septiembre de 1987 (no publicado aún en el Diario Oficial).

(3) DO N° L 263 de 27. 9. 1978, p. 2.

(4) La Secretaría General del Consejo se encargará de publicar la fecha de entrada en vigor del Protocolo en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

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ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 28/09/1987
  • Fecha de publicación: 21/10/1987
  • Entrada en vigor:, del Protocolo, el 1 de junio de 1988 (DOCE L 134, de 31.5.1988).
  • Efectos desde el 22 de octubre de 1987.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el Protocolo adicional del acuerdo, de 26 de abril de 1976, aprobado por Reglamento 2210/78, de 26 de septiembre (Ref. DOUE-L-1978-80300).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Agrios
  • Arancel Aduanero Común
  • Argelia
  • Carnes
  • Conservas
  • Frutos y productos hortícolas
  • Importaciones
  • Pescado
  • Vinos
  • Zumos de frutas

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