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Documento DOUE-L-1988-81738

Rectificación a la Decisión 88/219/CEE del Consejo, de 29 de febrero de 1988, relativa a la celebración del Acuerdo en forma de Canje de Notas relativo a la aplicación provisional del Acuerdo sobre las relaciones en materia de pesca marítima entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Marruecos, rubricado en Bruselas el 25 de febrero de 1988.

Publicado en:
«DOCE» núm. 189, de 20 de julio de 1988, páginas 28 a 28 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1988-81738

TEXTO ORIGINAL

Página 54, Anexo I, letra G, apartado 7, segundo guión,

en lugar de:« - 2 millas en la zona Sur, para la pesca con cebo vivo. »,

léase:« - 2 millas en la zona Sur, para la pesca de cebo vivo. ».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 20/07/1988
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Decisión 88/219, de 29 de febrero (Ref. DOUE-L-1988-80302).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Aguas jurisdiccionales
  • Comunidad Económica Europea
  • Marruecos
  • Pesca marítima

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