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Documento DOUE-L-1991-80215

Reglamento (CEE) nº 530/91 de la Comisión, de 4 de marzo de 1991, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 827/90 por el que se establece la lista de mercados representativos de la producción de determinadas frutas y hortalizas.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 58, de 5 de marzo de 1991, páginas 20 a 22 (3 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1991-80215

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Vistoel Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) nº 1035/72 del Consejo, de 18 de mayo de 1972, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de las frutas y hortalizas (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) nº 3920/90 (2), y, en particular, el apartado 2 de su artículo 17,

Considerando que la lista de los mercados representativos portugueses, neerlandeses y españoles adoptada en el Reglamento (CEE) nº 827/90 de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) nº 1760/90 (4), debe modificarse con arreglo a los últimos datos comunicados por los dos Estados miembros de que se trata;

Considerando que las disposiciones previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de las frutas y hortalizas,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: Artículo 1

La parte de la lista de los Anexos del Reglamento (CEE) nº 827/90 correspondiente a Portugal, Países Bajos y España, se modifica como se indica en el Anexo del presente Reglamento. Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 4 de marzo de 1991. Por la Comisión

Ray MAC SHARRY

Miembro de la Comisión (1) DO nº L 118 de 20. 5. 1972, p. 1. (2) DO nº L 375 de 31. 12. 1990, p. 17. (3) DO nº L 86 de 31. 3. 1990, p. 13. (4) DO nº L 162 de 28. 6. 1990, p. 24.

ANEXO

MODIFICACION DE LA LISTA DE LOS MERCADOS REPRESENTATIVOS DE LA PRODUCCION QUE FIGURAN EN LOS ANEXOS DEL REGLAMENTO (CEE) Nº 827/90

ANEXO I

COLIFLORES

Portugal:

- Oeste

Países Bajos:

- Delft-Westerlee

- West Friesland-Oost en Langedijk

- Zuid-Holland Zuid

ANEXO II

TOMATES

Portugal:

- Algarve

- Oeste

Países Bajos:

- De Kring

- Delft-Westerlee

- Zuid-Oost-Nederland

ANEXO III

BERENJENAS

Portugal:

- Algarve

Países Bajos:

- De Kring

- Delft-Westerlee

- Westland-West

ANEXO IV

MELOCOTONES Y NECTARINAS

Portugal:

- Cova da Beira

- Montargil

- Ribatejo

- Oeste

España:

- Huesca

ANEXO V

ALBARICOQUES

Portugal:

- Alenquer

- Algarve

ANEXO VI

LIMONES

Portugal:

- Algarve

- Oeste

ANEXO VII

PERAS

Portugal:

- Oeste

- Cova da Beira

Países Bajos:

- Geldermalsen

- Zuid-Oost-Nederland

- West-Friesland-Oost en Langedijk

ANEXO VIII

UVAS DE MESA

Portugal:

- Alenquer

- Moura

- Ferreira do Alentejo

- Algarve

ANEXO IX

MANZANAS

Portugal:

- Oeste

- Cova da Beira

- Guarda

- Viseu

Países Bajos:

- Centrale Veiling Zeeland

- Geldermalsen

- Utrecht

ANEXO X

MANDARINAS

Portugal:

- Algarve

ANEXO XI

NARANJAS DULCES

Portugal:

- Algarve

- Santiago do Cacém

ANEXO XII

SATSUMAS

Portugal:

- Algarve

ANEXO XIII

CLEMENTINAS

Portugal:

- Alcácer do Sal

- Algarve

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 04/03/1991
  • Fecha de publicación: 05/03/1991
  • Fecha de entrada en vigor: 08/03/1991
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Reglamento 659/97, de 16 de abril; (Ref. DOUE-L-1997-80658).
  • Fecha de derogación: 20/04/1997
Referencias anteriores
  • MODIFICA los Anexos del Reglamento 827/90, de 30 de marzo (Ref. DOUE-L-1990-80310).
Materias
  • Frutos y productos hortícolas
  • Mercados

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