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Documento DOUE-L-1991-81489

Reglamento (CEE) nº 3071/91 de la Comisión, de 21 de octubre de 1991, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 610/77 relativo a la determinación de los precios de los vacunos pesados registrados en los mercados representativos de la Comunidad y a la relación de precios de determinados otros vacunos en la Comunidad.

Publicado en:
«DOCE» núm. 290, de 22 de octubre de 1991, páginas 19 a 19 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1991-81489

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 805/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el que se establece una organización común de mercados en el sector de la carne de vacuno (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1628/91 (2), y, en particular, el apartado 7 de su artículo 12,

Considerando que en el Reglamento (CEE) no 610/77 de la Comisión, de 18 de marzo de 1977, relativo a la determinación de los precios de los bovinos pesados registrados en los mercados representativos de la Comunidad y a la relación de los precios de determinados otros bovinos en la Comunidad (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1614/91 (4), se establece la lista de los mercados representativos de los Estados miembros en los que se registran los precios de los vacunos pesados;

Considerando que, debido a la evoluación de las aportaciones en algunos mercados de Irlanda del Norte, procede modificar la liste de mercados representativos y los coeficientes de ponderación de las diferentes categorías de vacunos pesados; que, en tales condiciones es conveniente adaptar el Anexo II del Reglamento (CEE) no 610/77;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la carne de vacuno,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Reglamento (CEE) no 610/77 queda modificado del siguiente modo:

1. En el Anexo II, el texto de la letra b) del punto J.1 se sustituye por el siguiente:

« b) Irlanda del Norte:

Clogher: Cows; steers, light, medium and heavy; and heifers, light and medium/heavy; Markethill: Cows; steers, light, medium and heavy; and heifers, light and medium/heavy; Strabane: Steers, light, medium and heavy; and heifers, light and medium/heavy; Cullybackey: Cows; steers, light, medium and heavy; and heifers, light and medium/heavy. »

2. En el Anexo II, el texto de la letra b) del punto J.2 se sustituye por el siguiente:

« b) Irlanda del Norte:

Steers: 50

Heifers: 26

Cows: 24. »

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 21 de octubre de 1991. Por la Comisión

Ray MAC SHARRY

Miembro de la Comisión

(1) DO no L 148 de 28. 6. 1968, p. 24. (2) DO no L 150 de 15. 6. 1991, p. 16. (3) DO no L 77 de 25. 3. 1977, p. 1. (4) DO no L 149 de 14. 6. 1991, p.

29.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 21/10/1991
  • Fecha de publicación: 22/10/1991
  • Fecha de entrada en vigor: 22/10/1991
Referencias anteriores
  • MODIFICA la letra B) del Anexo II del Reglamento 610/77, de 18 de marzo (Ref. DOUE-L-1977-80081).
Materias
  • Carnes
  • Ganado vacuno
  • Mercados
  • Precios

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