Está Vd. en

Documento DOUE-L-1991-81928

Reglamento (CEE) nº 3748/91 de la Comisión, de 19 de diciembre de 1991, por el que se prorroga la vigilancia comunitaria sobre importaciones de determinados productos de Japón.

Publicado en:
«DOCE» núm. 352, de 21 de diciembre de 1991, páginas 60 a 60 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1991-81928

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 288/82 del Consejo, de 5 de febrero de 1982, relativo al régimen común aplicable a las importaciones (1), modificado en último lugar por el Reglamento (CEE) no 2978/91 (2), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 10,

Previa consulta en el seno del Comité constituido por dicho Reglamento,

Considerando que el Reglamento (CEE) no 653/83 de la Comisión (3), modificado por el Reglamento (CEE) no 42/91 (4), ha prorrogado hasta el 31

de diciembre de 1991 la vigilancia comunitaria a posteriori sobre las importaciones de determinados productos originarios de Japón;

Considerando que es necesario seguir estableciendo, para el año 1992, una vigilancia a posteriori de las importaciones de los productos mencionados a continuación, originarios de Japón;

Considerando que los motivos que constituyen la base del Reglamento (CEE) no 653/83 siguen siendo válidos en lo esencial y que, por consiguiente, es conveniente prorrogar el régimen de vigilancia,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el artículo 5 del Reglamento (CEE) no 653/83, la fecha de « 31 de diciembre de 1991 » será sustituida por la de « 31 de diciembre de 1992 ».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable a partir del 1 de enero de 1992. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 19 de diciembre de 1991. Por la Comisión

Frans ANDRIESSEN

Vicepresidente

(1) DO no L 35 de 9. 2. 1982, p. 1. (2) DO no L 284 de 12. 10. 1991, p. 1. (3) DO no L 77 de 23. 3. 1983, p. 8. (4) DO no L 6 de 9. 1. 1991, p. 10.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 19/12/1991
  • Fecha de publicación: 21/12/1991
  • Fecha de entrada en vigor: 22/12/1991
  • Aplicable desde el 1 de enero de 1992.
Referencias anteriores
Materias
  • Importaciones
  • Japón

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid