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Documento DOUE-L-1992-80378

Decisión de la Comisión, de 16 de marzo de 1992, por la que se modifica la Decisión 87/257/CEE de la Comisión, en lo que se refiere a la lista de establecimientos de los Estados Unidos de América autorizados para la importación en la Comunidad de carne fresca.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 81, de 26 de marzo de 1992, páginas 24 a 28 (5 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1992-80378

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Vista la Directiva 72/462/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1972, relativa a problemas sanitarios y de policía sanitaria en las importaciones de animales de las especies bovina, porcina, ovina y caprina, y de carnes frescas o de productos a base de carne procedentes de terceros países (1), cuya última modificación la constituye la Directiva 91/688/CEE (2), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 4 y el apartado 1 de su artículo 18,

Considerando que la lista de establecimientos de los Estados Unidos de América autorizados para la importación en la Comunidad de carne fresca ha sido establecida inicialmente en la Decisión 87/257/CEE de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye la Decisión 91/522/CEE del Consejo (4); que esta lista se puede modificar en todo momento conforme al resultado de las inspecciones comunitarias efectuadas en los Estados Unidos de América;

Considerando que durante la última inspección efectuada en aplicación del artículo 5 de la Directiva 72/462/CEE y del apartado 1 del artículo 2 de la Decisión 86/474/CEE de la Comisión, de 11 de septiembre de 1986, relativa a la aplicación de los controles in situ efectuados en el marco del régimen aplicable a las importaciones de animales de las especies bovina y porcina así como de carnes frescas procedentes de terceros países (5), se habían observado ciertas mejoras en determinados establecimientos y que han sido enviadas a la Comisión garantías adicionales en relación con los establecimientos en cuestión;

Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:

Artículo 1

Se sustituye el Anexo de la Decisión 87/257/CEE por el Anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

Los Estados miembros autorizarán las importaciones de carne fresca procedente del establecimiento 889 A (JF O'Neill Packing Co., Omaha, NE).

Artículo 3

En lo concerniente a los establecimientos 5736 A (VMI Corporation, Omaha, NE) y 245 L (IBP, Lexington, NE) la Comisión puede establecer la fecha a partir de la cual los Estados miembros autorizarán las importaciones de carnes frescas, tras haber efectuado una nueva inspección de estos establecimientos y haber informado a los Estados miembros de los resultados de la inspección en el Comité veterinario permanente.

Artículo 4

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros. Hecho en Bruselas, el 16 de marzo de 1992. Por la Comisión

Ray MAC SHARRY

Miembro de la Comisión

(1) DO no L 302 de 31. 12. 1972, p. 28. (2) DO no L 377 de 31. 12. 1991, p. 18. (3) DO no L 121 de 9. 5. 1987, p. 46. (4) DO no L 283 de 11. 10. 1991,

p. 14. (5) DO no L 279 de 30. 9. 1986, p. 55.

ANEXO

« ANEXO

Lista de establecimientos de los Estados Unidos de América autorizados para la importación de carnes frescas en la Comunidad

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 16/03/1992
  • Fecha de publicación: 26/03/1992
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Decisión 2014/160, de 20 de marzo; (Ref. DOUE-L-2014-80533).
  • Fecha de derogación: 22/03/2014
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el Anexo de la Decisión 87/257, de 28 de abril (Ref. DOUE-L-1987-80487).
Materias
  • Carnes
  • Estados Unidos de América
  • Importaciones

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