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Documento DOUE-L-1992-82405

Rectificación al Reglamento (CEE) nº 684/92 del Consejo, de 16 de marzo de 1992, por el que se establecen normas comunes para los transportes internacionales de viajeros efectuados con autocares y autobuses.

Publicado en:
«DOCE» núm. 82, de 27 de marzo de 1992, páginas 71 a 71 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1992-82405

TEXTO ORIGINAL

En la página 1, artículo 1, apartado 1,

en lugar de : « ... nueve personas -incluido el conductor-, destinados a esta finalidad ... »,

léase : « ...nueve personas, incluido el conductor, y destinados a esta finalidad ...».

En la página 3, artículo 2,

-punto 3,

en lugar de : « Servicios ocasionales »,

léase : « Servicios discrecionales ».

-punto 3.1,

en lugar de : « Los servicios ocasionales son los servicios ... »,

léase : « Los servicios discrecionales son los sercicios ».

En la página 6, artículo 10, apartado 1,

en lugar de : « ... mayor, el contratista de un servicio regular... »,

léase : « ... mayor, el explotador de un servicio regular ... ».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 27/03/1992
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Reglamento 684/92, de 16 de marzo (Ref. DOUE-L-1992-80344).
Materias
  • Transportes terrestres
  • Viajeros

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