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Documento DOUE-L-1992-82428

Rectificación al Reglamento (CEE) nº 1601/92 del Consejo, de 15 de junio de 1992, sobre medidas específicas en favor de las islas Canarias relativas a determinados productos agrarios.

Publicado en:
«DOCE» núm. 187, de 7 de julio de 1992, páginas 48 a 48 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1992-82428

TEXTO ORIGINAL

En la página 16, artículo 6, apartado 1, segundo guión :

en lugar de : « - y en las subpartidas :

ex 2402 10 00 Cigarrillos, puritos y cigarros o puros sin acabar y sin envultas exteriores

ex 2403 10 00 Tabaco cortado (mezcla definitiva de tabaco utilizado para la fabricación de cigarrillos y cigarros) »,

léase : « - y a las subpartidas :

ex 2404 10 00 Cigarros o puros sin acabar y sin envueltas exteriores

ex 2403 10 Tabaco cortado (mezcla definitiva de tabaco utilzado para la fabricación de cigarros o puros, puritos y cigarrillos) ».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 07/07/1992
Materias
  • Ayudas
  • Canarias
  • Productos agrícolas

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