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Documento DOUE-L-1995-80809

Reglamento (CE) nº 1481/95 de la Comisión, de 28 de junio de 1995, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 2168/92 por el que se establecen las disposiciones de aplicación de las medidas específicas en favor de las islas Canarias en lo que se refiere a la patata (plan de previsiones).

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 145, de 29 de junio de 1995, páginas 42 a 42 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1995-80809

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) nº 1601/92 del Consejo, de 15 de junio de 1992, sobre medidas específicas en favor de las islas Canarias relativas a determinados productos agrarios, cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) nº 3290/94, y, en particular, el apartado 4 de su artículo 3,

Considerando que, en aplicación de los artículos 2 y 3 del Reglamento (CEE) nº 1601/92, el Reglamento (CEE) nº 2168/92 de la Comisión, cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) nº 3099/94, fijó para la campaña de 1994/95 la cantidad del plan de previsiones de abastecimiento a las islas Canarias de patatas de siembra; que es preciso establecer para la campaña de 1995/96 el plan de previsiones de abastecimiento de este mismo producto a esas islas; que dicho plan debe elaborarse en función de las necesidades de éstas y tomando especialmente en consideración las corrientes comerciales tradicionales;

Considerando que, en aplicación del apartado 2 del artículo 3 del Reglamento (CEE) nº 1601/92, es necesario que el importe de las ayudas para el abastecimiento a las islas Canarias de patatas de siembra procedentes del resto de la Comunidad se fije en la campaña de 1995/96 de forma que dicho abastecimiento se efectúe para el usuario final en condiciones equivalentes a la ventaja resultante de la exoneración de los derechos de aduana de la que se benefician las importaciones de patatas de siembra originarias de terceros países; que tales ayudas deben fijarse tomando especialmente en consideración los costes de abastecimiento a partir del mercado mundial;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de las semillas,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Reglamento (CEE) nº 2168/92 quedará modificado como sigue:

1) El texto del artículo 1 se sustituirá por el siguiente:

«Artículo 1

Para la aplicación de los artículos 2 y 3 del Reglamento (CEE) nº 1601/92, la cantidad del plan de previsiones de abastecimiento de patatas de siembra del código NC 0701 10 00 que estará exenta del derecho de aduana en las importaciones directas en las islas Canarias procedentes de terceros países, o que podrá optar a la ayuda comunitaria, quedará fijada en 12 000 toneladas para el período comprendido entre el 1 de julio de 1995 y el 30 de junio de 1996.».

2) El texto del artículo 2 se sustituirá por el siguiente:

«Artículo 2

En aplicación del apartado 2 del artículo 3 del Reglamento (CEE) nº 1601/92, se concederá una ayuda para el abastecimiento a las islas Canarias de las patatas de siembra incluidas en el plan de previsiones que procedan del mercado comunitario. El importe de dicha ayuda queda fijado en 4,226 ecus por 100 kilogramos.».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable a partir del 1 de julio de 1995.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 28 de junio de 1995.

Por la Comisión

Franz FISCHLER

Miembro de la Comisión

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 28/06/1995
  • Fecha de publicación: 29/06/1995
  • Fecha de entrada en vigor: 29/06/1995
  • Aplicable desde el 1 de julio de 1995.
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
Materias
  • Ayudas
  • Canarias
  • Comunidades Autónomas
  • España
  • Patata
  • Productos hortícolas

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