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Documento DOUE-L-1997-80751

Modificaciones del Reglamento Adicional del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 103, de 19 de abril de 1997, páginas 4 a 5 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1997-80751

TEXTO ORIGINAL

EL TRIBUNAL DE JUSTICIA,

visto el artículo 125 del Reglamento de Procedimiento,

visto el apartado 5 del artículo 157 del Acta relativa a las condiciones de adhesión de la República de Austria, de la República de Finlandia y del Reino de Suecia y a las adaptaciones de los Tratados en los que se fundamenta la Unión Europea,

con la aprobación unánime del Consejo, dada el 17 de febrero de 1997,

HA ADOPTADO LAS SIGUIENTES MODIFICACIONES DE SU REGLAMENTO ADICIONAL:

Artículo 1

El Reglamento Adicional, adoptado el 4 de diciembre de 1974 (DO n° L 350, de 28 de diciembre de 1974, p. 29; Edición Especial 01/01, p. 264), en su versión modificada en último lugar el 8 de mayo de 1987 (DO n° L 165, de 24 de junio de 1987, p. 4), queda modificado como sigue:

1. En el artículo 6, los términos «artículo 110» se sustituyen por los términos «artículo 124».

2. El texto del Anexo I (lista contemplada en el párrafo primero del artículo 2) se sustituye por el texto siguiente:

«Bélgica

El Ministro de Justicia

Dinamarca

El Ministro de Justicia

Alemania

El Ministro Federal de Justicia

Grecia

El Ministro de Justicia

España

El Ministro de Justicia

Francia

El Ministro de Justicia

Irlanda

El Ministro de Justicia

Italia

El Ministro de Justicia

Luxemburgo

El Ministro de Justicia

Países Bajos

El Ministro de Justicia

Austria

El Ministro Federal de Justicia

Portugal

El Ministro de Justicia

Finlandia

El Ministerio de Justicia

Suecia

El Ministerio de Justicia

Reino Unido

El Secretary of State».

3. El texto del Anexo II (lista contemplada en el párrafo segundo del artículo 4) se sustituye por el texto siguiente:

«Bélgica

El Ministro de Justicia

Dinamarca

El Ministro de Justicia

Alemania

Bundesrechtsanwaltskammer

Grecia

El Ministro de Justicia

España

El Ministro de Justicia

Francia

El Ministro de Justicia

Irlanda

El Ministro de Justicia

Italia

El Ministro de Justicia

Luxemburgo

El Ministro de Justicia

Países Bajos

Algemene Raad van de Nederlandse Orde van Advocaten

Austria

El Ministro Federal de Justicia

Portugal

El Ministro de Justicia

Finlandia

El Ministerio de Justicia

Suecia

Sveriges Advokatsamfund

Reino Unido

The Law Society, London (para los demandantes que residan en Inglaterra o en el País de Gales) The Law Society of Scotland, Edinburgh (para los demandantes que residan en Escocia) The Incorporated Law Society of Northern Ireland, Belfast (para los demandantes que residan en Irlanda del Norte)».

4. El texto del Anexo III (lista contemplada en el artículo 6) se sustituye por el texto siguiente:

«Bélgica

El Ministro de Justicia

Dinamarca

El Ministro de Justicia

Alemania

El Ministro Federal de Justicia

Grecia

El Ministro de Justicia

España

El Ministro de Justicia

Francia

El Ministro de Justicia

Irlanda

El Attorney General

Italia

El Ministro de Justicia

Luxemburgo

El Ministro de Justicia

Países Bajos

El Ministro de Justicia

Austria

El Ministro Federal de Justicia

Portugal

El Ministro de Justicia

Finlandia

El Ministerio de Justicia

Suecia

Riksåklagaren

Reino Unido

Her Majesty's Attorney General (para testigos o peritos que residan en Inglaterra o en el País de Gales) Her Majesty's Advocate (para testigos o peritos que residan en Escocia) Her Majesty's Attorney General (para testigos o peritos que residan en Irlanda del Norte)».

Artículo 2

Las presentes modificaciones del Reglamento Adicional, auténticas en las lenguas mencionadas en el apartado 1 del artículo 29 del Reglamento de Procedimiento, se publicarán en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas y entrarán en vigor el día de su publicación.

Adoptado en Luxemburgo, a 11 de marzo de 1997.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 11/03/1997
  • Fecha de publicación: 19/04/1997
  • Fecha de entrada en vigor: 19/04/1997
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Reglamento de 14 de enero de 2014, (Ref. BOE-A-2014-80213).
  • Fecha de derogación: 01/02/2014
Referencias anteriores
  • MODIFICA el Reglamento adicional, Adjunto al Reglamento 1228/74, de 4 de diciembre de 1974 (Ref. DOUE-L-1974-80177).
Materias
  • Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas

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