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Documento DOUE-L-1998-81344

Reglamento (CE) nº 1570/98 de la Comisión, de 17 de julio de 1998, por el que se modifican los anexos I a IV del Reglamento (CEE) nº 2377/90 del Consejo por el que se establece un procedimiento comunitario de fijación de los límites máximos de residuos de medicamentos veterinarios en los alimentos de origen animal.

Publicado en:
«DOCE» núm. 205, de 22 de julio de 1998, páginas 10 a 39 (30 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1998-81344

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) n° 2377/90 del Consejo, de 26 de junio de 1990, por el que se establece un procedimiento comunitario de fijación de los límites máximos de residuos de medicamentos veterinarios en los alimentos de origen animal (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1569/98 de la Comisión (2), y, en particular, sus artículos 6, 7 y 8,

Considerando que, desde la adopción del citado Reglamento, sus anexos han

sido modificados de nuevo en varias ocasiones; que dichos textos, por razón de su número, de su complejidad y de su dispersión en distintos Diarios Oficiales, resultan de utilización difícil y carecen, por tanto, de la necesaria claridad que debe presentar cualquier regulación; que es conveniente, en esta situación, puntualizar o rectificar la denominación o la designación química de determinados aditivos y corregir determinados errores materiales;

Considerando que las medidas establecidas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité permanente de medicamentos veterinarios,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los anexos I a IV del Reglamento (CEE) n° 2377/90 se modificarán de acuerdo con el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el sexagésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 17 de julio de 1998.

Por la Comisión

Martin BANGEMANN

Miembro de la Comisión

_____________

(1) DO L 224 de 18. 8. 1990, p. 1.

(2) Véase la página 7 del presente Diario Oficial.

ANEXO

A. El anexo I del Reglamento (CEE) n° 2377/90 se modificará como sigue:

1. Agentes antiinfecciosos

1.1. Quimioterapéuticos

1.1.1. Sulfonamidas

Sustancia farma- Residuo mar- Especie LMR Tejidos Otras dispo-

cológicamente cador animal diana siciones

activa

«Todas las sus- Medicamento Todas las 100mg/kg Músculo Los residuos

tancias que per- base especies 100mg/kg Grasa combinados

tenecen al grupo producto- 100mg/kg Hígado totales de

de las sulfona- ras de 100mg/kg Riñón de todas las

midas alimentos sustancias

del grupo de

Bovina, 100mg/kg Leche las sulfona-

ovina, midas no de-

caprina ben sobrepa-

sar los 100

mg/kg»

1.1.2. Derivados de la diaminopirimidina

TABLA OMITIDA

1.2. Antibióticos

1.2.1. Penícilinas

TABLA OMITIDA

1.2.2. Cefalosporinas

TABLA OMITIDA

1.2.3. Quinolones

TABLA OMITIDA

12.4. Macrólidos

TABLA OMITIDA

1.2.5. Fluorfenicol y compuestos asociados

TABLA OMITIDA

1.2.6. Tetraciclinas

TABLA OMITIDA

1.2.7. Tianfenicol y sus compuestos

TABLA OMITIDA

2. Agentes antiparasitarios

2.1. Sustancias activas frente a endoparásitos

2.1.1. Salicilanilidas

TABLA OMITIDA

2.1.2. Tatra-hydro-imidazoles (imidazolthiazoles)

TABLA OMITIDA

2.1.3. Benzimidazoles y probenzimidazoles

TABLA OMITIDA

2.2. Sustancias activas frente a ectoparásitos

2.2.1. Organofosfatos

TABLA OMITIDA

2.2.2. Formamidinas

TABLA OMITIDA

2.3. Sustancias activas frente a endo- y ectoparásitos

2.3.1. Avermectinas

TABLA OMITIDA

3. Sustancias con acción sobre el sistema nervioso

3.2. Sustancias con acción sobre el sistema nervioso autónomo

3.2.1. Antiadrenérgicos

TABLA OMITIDA

4. Agentes antiinflamatorios

4.1. Agentes antiinflamatorios no esteroideos

4.1.1. Derivado del ácido arilpropiónico

TABLA OMITIDA

4.1.2. Derivados del grupo Fenamato

TABLA OMITIDA

5. Corticoides

5.1. Glucocorticoides

TABLA OMITIDA

B. El anexo II del Reglamento (CEE) n° 2377/90 se modificará como sigue:

1. Componentes químicos inorgánicos

TABLA OMITIDA

2. Componentes orgánicos

TABLA OMITIDA

3. Sustancias generalmente consideradas inocuas

TABLA OMITIDA

4. Sustancias utilizadas en medicamentos veterinarios homeopáticos

TABLA OMITIDA

5. Sustancias utilizadas como aditivos alimentarios en alimentos de uso humano

TABLA OMITIDA

C. El anexo III del Reglamento (CEE) n° 2377/90 se modificará como sigue:

1. Agentes antiinfecciosos

1.1. Quimioterapéuticos

1.1.2. Bencensulfonamidas

TABLA OMITIDA

1.2. Antibióticos

1.2.1. Inhibidores de la beta-lactamasa

TABLA OMITIDA

1.2.2. Macrólidos

TABLA OMITIDA

1.2.4. Cefalosporinas

TABLA OMITIDA

1.2.5. Aminoglucósidos

TABLA OMITIDA

1.2.6. Quinolones

TABLA OMITIDA

1.2.9. Polimixinas

TABLA OMITIDA

1.2.10. Penicilinas

TABLA OMITIDA

2.2. Sustancias activas frente a ectoparásitos

2.2.1. Formamidinas

TABLA OMITIDA

2.2.2. Derivados iminofenílicos de la tiazolidina

TABLA OMITIDA

2.2.4. Organofosfatos

TABLA OMITIDA

2.2.5. Derivados de la acilurea

TABLA OMITIDA

2.3. Agentes activos frente endo- y ectoparásitos

2.3.1. Avermectinas

TABLA OMITIDA

3. Sustancias con actividad sobre el sistema nervioso

3.2. Sustancias con acción sobre el sistema nervioso autónomo

3.2.1. A2 simpaticomiméticos

TABLA OMITIDA

5. Sustancias antiinflamatorias

5.1. Sustancias antiinflamatorias no esteroides

5.1.1. Derivados de ácidos arilpropiónicos

TABLA OMITIDA

D. El anexo IV del Reglamento (CEE) n° 2377/90 se modificará como sigue:

Sustancia famacológicamente activa

«Clorafenicol

Cloroformo

Clorpromacina

Colchicina

Dapsona

Dimetridazol

Furazolidona

Metronidazol

Nitrofuranos

Ronidazol».

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 17/07/1998
  • Fecha de publicación: 22/07/1998
  • Fecha de entrada en vigor: 20/09/1998
  • Entrada en vigor: 20 de septiembre de 1998.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en DOCE L 250, de 10 de septiembre de 1998 (Ref. DOUE-L-1998-81694).
Referencias anteriores
  • MODIFICA los anexos I a IV del Reglamento 2377/90, de 26 de junio (Ref. DOUE-L-1990-81099).
Materias
  • Especialidades y productos farmacéuticos
  • Medicamentos
  • Productos alimenticios
  • Residuos
  • Sanidad veterinaria

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