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Documento DOUE-L-2000-81897

Reglamento (CE) nº 2237/2000 de la Comisión, de 9 de octubre de 2000, que modifica el Reglamento (CE) nº 1608/2000 por el que se fijan medidas transitorias en espera de las disposiciones definitivas de aplicación del Reglamento (CE) nº 1493/1999 por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 256, de 10 de octubre de 2000, páginas 18 a 18 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-2000-81897

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 1493/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola (1), modificado por el Reglamento (CEE) n° 1622/2000 de la Comisión (2), y, en particular, su artículo 80,

Considerando lo siguiente:

(1) Es conveniente precisar que los costes de las destilaciones efectuadas antes de la entrada en vigor del Reglamento (CE) n° 1493/1999 se rigen por las normas del Reglamento (CEE) n° 822/87 del Consejo, de 16 de marzo de 1987, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1677/1999 (4).

(2) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión del vino.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Se añadirá el artículo 3 bis siguiente en el Reglamento (CE) n° 1608/2000 (5):

"Artículo 3 bis

La sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola se hará cargo de los costes de las destilaciones efectuadas antes del 1 de agosto de 2000 según las disposiciones en la materia del Reglamento (CEE) n° 822/87.".

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 9 de octubre de 2000.

Por la Comisión

Franz Fischler

Miembro de la Comisión

____________________

(1) DO L 179 de 14.7.1999, p. 1.

(2) DO L 194 de 31.7.2000, p. 1.

(3) DO L 84 de 27.3.1987, p. 1.

(4) DO L 199 de 30.7.1999, p. 8.

(5) DO L 185 de 25.7.2000, p. 24.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 09/10/2000
  • Fecha de publicación: 10/10/2000
  • Fecha de entrada en vigor: 11/10/2000
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Reglamento 753/2002, de 29 de abril (Ref. DOUE-L-2002-80822).
  • Fecha de derogación: 11/05/2002
Referencias anteriores
  • AÑADE el art. 3 bis al Reglamento 1608/2000, de 24 de julio (Ref. DOUE-L-2000-81350).
Materias
  • Organización Común de Mercado
  • Vinos
  • Viticultura

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