LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior (1), cuya última modificación la constituye la Directiva 92/118/CEE (2), y, en particular, su artículo 10,
Vista la Directiva 89/662/CEE del Consejo, de 11 de diciembre de 1989, relativa a los controles veterinarios aplicables en los intercambios intracomunitarios con vistas a la realización del mercado interior (3), cuya última modificación la constituye la Directiva 92/118/CEE, y, en particular, su artículo 9,
Considerando lo siguiente:
(1) Habiendo notificada la existencia de brotes de fiebre aftosa en el Reino Unido, la Comisión aprobó la Decisión 2001/172/CE por la que se establecen medidas de protección contra la fiebre aftosa en el Reino Unido (4), cuya última modificación la constituye la Decisión 2001/316/CE (5).
(2) A raíz de nuevos brotes de fiebre aftosa en Irlanda del Norte, las autoridades competentes de Irlanda del Norte han prohibido el despacho de animales sensibles y de productos sin tratar procedentes de estos animales de todo el territorio de Irlanda del Norte.
(3) Por consiguiente, procede que las medidas dispuestas en la Decisión 2001/172/CE se hagan extensivas a todo el territorio de Irlanda del Norte.
(4) En la reunión que el Comité veterinario permanente tiene previsto celebrar el 15 y 16 de mayo de 2001 se revisará la situación y, en su caso, se adaptarán las medidas.
(5) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el anexo I de la Decisión 2001/172/CE de la Comisión, se sustituyen las palabras "Gran Bretaña y el distrito Newry and Mourne del Condado de County Armagh en Irlanda del Norte" por las palabras "Gran Bretaña, Irlanda del Norte".
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 18 de abril de 2001.
Por la Comisión
David Byrne
Miembro de la Comisión
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(1) DO L 224 de 18.8.1990, p. 29.
(2) DO L 62 de 15.3.1993, p. 49.
(3) DO L 395 de 30.12.1989, p. 13.
(4) DO L 62 de 2.3.2001, p. 22.
(5) Véase la página 72 del presente Diario Oficial.
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