LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista la Directiva 2000/75/CE del Consejo, de 20 de noviembre de 2000, por la que se aprueban disposiciones específicas relativas a las medidas de lucha y erradicación de la fiebre catarral ovina (1), y, en particular, el apartado 2 de su artículo 9,
Vista la Decisión 90/424/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a determinados gastos en el sector veterinario (2), cuya última modificación la constituye la Decisión 2001/12/CE (3), y, en particular, los apartados 3 y 5 de su artículo 3,
Considerando lo siguiente:
(1) La Decisión 2001/433/CE de la Comisión (4) se adoptó para reponer las reservas del banco de vacunas contra la fiebre catarral ovina con un millón de dosis.
(2) El artículo 2 de dicha Decisión establece que el coste máximo de dicha medida será de 100000 euros.
(3) A la vista de la evolución de las circunstancias comerciales, parece que este importe máximo no cubre el coste real de compra, almacenamiento y transporte por avión de un millón de dosis.
(4) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el artículo 2 de la Decisión 2001/433/CE, los términos "100000 euros" se sustituirán por "115000 euros".
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 9 de agosto de 2001.
Por la Comisión
David Byrne
Miembro de la Comisión
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(1) DO L 327 de 22.12.2000, p. 74.
(2) DO L 224 de 18.8.1990, p. 19.
(3) DO L 3 de 6.1.2001, p. 27.
(4) DO L 154 de 9.6.2001, p. 61.
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