Está Vd. en

Documento DOUE-L-2001-82299

Decisión de la Comisión, de 9 de octubre de 2001, que modifica la Decisión 95/94/CE por la que se establece una lista de centros de recogida de esperma autorizados para exportar a la Comunidad esperma de animales domésticos de la especie porcina procedente de determinados terceros países [notificada con el número C(2001) 3000].

Publicado en:
«DOCE» núm. 273, de 16 de octubre de 2001, páginas 23 a 23 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-2001-82299

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 90/429/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, por la que se fijan las normas de policía sanitaria aplicables a los intercambios intracomunitarios y a las importaciones de esperma de animales de la especie porcina (1), cuya última modificación la constituye el Acta de adhesión de Austria, de Finlandia y de Suecia, y, en particular el apartado 1 de su artículo 8,

Considerando lo siguiente:

(1) Estados Unidos figura en dicha lista de terceros países de los que los Estados miembros autorizan la importación esperma de animales domésticos de la especie porcina (2).

(2) La Decisión 95/94/CE de la Comisión (3), cuya última modificación la constituye la Decisión 2001/291/CE (4), establece una lista de centros de recogida de esperma autorizados para exportar a la Comunidad esperma de animales domésticos de la especie porcina procedente de determinados terceros países.

(3) Los servicios veterinarios competentes de Estados Unidos han solicitado que se añada a dicha lista un nuevo centro de recogida.

(4) La Comunidad ha recibido garantías de que dicho centro cumple los requisitos establecidos en el artículo 8 de la Directiva 90/429/CEE.

(5) Por consiguiente, es necesario añadir este centro a la lista de centros autorizados.

(6) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El texto de la Decisión 95/94/CE se modificará como sigue:

Se añadirá la línea siguiente en las líneas referidas a los centros de recogida de los Estados Unidos:

"- International Boar Semen

30355 260 th St.

Eldora IA 50627

Número de autorización: 96 AI 002.".

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 9 de octubre de 2001.

Por la Comisión

David Byrne

Miembro de la Comisión

________________

(1) DO L 224 de 18.8.1990, p. 62.

(2) Decisión 93/160/CEE de la Comisión (DO L 67 de 19. 3. 1993, p. 27), cuya última modificación la constituye la Decisión 1999/150/CE (DO L 49 de 25. 2. 1999, p. 40).

(3) DO L 73 de 1.4.1995, p. 87.

(4) DO L 100 de 11.4.2001, p. 27.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 09/10/2001
  • Fecha de publicación: 16/10/2001
Referencias anteriores
Materias
  • Estados Unidos de América
  • Exportaciones
  • Ganado porcino
  • Reproducción animal
  • Sanidad veterinaria

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid