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Documento DOUE-L-2002-80060

Reglamento (CE) nº 72/2002 de la Comisión, de 16 de enero de 2002, por el que se aplica el Reglamento (CE) nº 530/1999 del Consejo relativo a las estadísticas estructurales sobre ingresos y costes salariales.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 15, de 17 de enero de 2002, páginas 7 a 13 (7 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-2002-80060

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 530/1999 del Consejo, de 9 de marzo de 1999, relativo a las estadísticas estructurales sobre ingresos y costes salariales (1) y, en particular, su artículo 11,

Considerando lo siguiente:

(1) Es necesario adoptar medidas de aplicación del Reglamento (CE) n° 530/1999 en lo que respecta al contenido y los criterios de evaluación del informe sobre la calidad que deberá presentarse a la Comisión Europea (Eurostat) después de cada período de referencia.

(2) La información contenida en dicho informe deberá referirse a las variables definidas en el Reglamento (CE) n° 1916/2000 de la Comisión, de 8 de septiembre de 2000, po el que se aplica el Reglamento (CE) n° 530/1999 del Consejo, relativo a las estadísticas estructurales sobre ingresos y costes salariales, en lo que se refiere a la definición y transmisión de la información sobre la estructura de los ingresos

(2).

(3) Eurostat y los institutos nacionales de estadísticas examinarán la viabilidad y pertinencia de algunos puntos optativos previstos para el primer informe sobre la calidad, teniendo en cuenta la información facilitada por los Estados miembros.

(4) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité del programa estadístico.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

1.En las partes A y B del anexo del presente Reglamento se especifican los criterios de evaluación y el contenido del informe sobre la calidad a que hace referencia el apartado 2 del artículo 10 del Reglamento (CE) n° 530/1999.

Las variables especificadas son las que se definen en el anexo II del Reglamento (CE) n° 1916/2000.

2. La información y las características o desgloses facultativos, establecidos en el anexo, se solicitarán en la medida que lo permitan las excepciones que prevé la legislación comunitaria relativa a las estadísticas estructurales sobre ingresos y costes salariales, la encuesta de población activa, las estadísticas estructurales de las empresas y las cuentas nacionales.

Artículo 2

El primer informe sobre la calidad que deberá entregarse se referirá a la encuesta sobre la estructura de los salarios del año de referencia 2002.

Se transmitirá a Eurostat junto con la entrega de datos en un plazo máximo de 24 meses tras haber finalizado el período de referencia de los datos recogidos.

Artículo 3

La viabilidad y pertinencia de los puntos optativos previstos en la parte B del anexo se examinarán teniendo en cuenta la información efectivamente presentada por los Estados miembros.

El examen será realizado por Eurostat y los institutos nacionales de estadística.

Artículo 4

El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 16 de enero de 2002.

Por la Comisión

Pedro Solbes Mira

Miembro de la Comisión

______________

(1) DO L 63 de 12.3.1999, p. 6.

(2) DO L 229 de 9.9.2000, p. 3.

ANEXO

CONTENIDO Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN DEL INFORME SOBRE LA CALIDAD DE LAS ESTADÍSTICAS ESTRUCTURALES SOBRE INGRESOS

PARTE A

Estructura de la encuesta sobre los salarios: resultados extrapolados: análisis tabulares

Deberán facilitarse las distribuciones de frecuencias y las medias aritméticas y medianas asociadas (1) de al menos:

a) el número de asalariados a tiempo completo; y

b) el número de asalariados a tiempo parcial,

desglosados en cada una de las variables siguientes:

- tramo de ingresos brutos por hora y sexo,

- tramo de ingresos mensuales brutos y sexo,

- tramo de ingresos anuales brutos y sexo,

- tramo de vacaciones anuales (< 10, 10-19, 20-24, 25-29, 30-34, > = 35 días) y sexo,

- tramo de horas mensuales pagadas o trabajadas (< 130, 130-139, 140-149, 150-159, 160-169, 170-179, = 180 horas) y sexo,

- sección de la NACE Rev. 1 y por NUTS, nivel 1,

- sección de la NACE Rev. 1 y sexo,

- ocupación (CIUO-88 a nivel de 1 dígito) y sexo,

- educación (CINE 0 a 6) y sexo,

- tramo de edad (15-24, 25-54, 55-64, > = 65 años) y sexo,

- antigüedad (< 10, 10-19, 20-29, 30-39, > = 40 años) y sexo,

- tamaño de la empresa según el número de asalariados(2).

Por ejemplo, para los ingresos brutos por horas y sexo:

a) número de asalariados a tiempo completo.

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 8

PARTE B

1. Pertinencia (punto optativo)

Resumen con la descripción de los usuarios y de las necesidades de los usuarios (por principales grupos de usuarios), y evaluación de la satisfacción de las necesidades de los usuarios.

2. Exactitud

2.2. Errores de muestreo

2.2.2. Muestreo probabilístico

2.2.2.2. Sesgo (punto optativo)

Estimación de los sesgos debidos al método de estimación, en su caso.

2.1.1.2. Varianza

- Coeficientes de variación (3) relativos a los ingresos brutos totales, facilitando datos separados sobre, al menos, los ingresos mensuales (los datos sobre ingresos por hora y anuales son optativos, para los siguientes puntos:

- asalariados a tiempo completo;

b) asalariados a tiempo parcial,

desglosados por:

- sección de la NACE Rev. 1 y sexo,

- ocupación (CIUO-88 a nivel de 1 dígito) y sexo,

- tramo de edad (15-24, 25-54, 55-64, > = 65 años) y sexo,

- sección de la NACE Rev. 1 y por NUTS nivel 1 (punto optativo),

- educación (CINE 0 a 6) y sexo (punto optativo).

- Coeficientes de variación, facilitando datos sobre horas mensuales para los siguientes puntos:

asalariados a tiempo completo, desglosados por:

- sección de la NACE Rev. 1 y sexo,

- ocupación (CIUO-88 a nivel de 1 dígito) y sexo,

- tramo de edad (15-24, 25-54, 55-64, > = 65 años) y sexo,

- sección de la NACE Rev. 1 y por NUTS nivel 1 (punto optativo),

- educación (CINE 0 a 6) y sexo (punto optativo).

2.1.2. Muestreo no probabilístico

Si se utiliza el muestreo no probabilístico, deberá facilitarse una descripción de las posibles causas de la falta de precisión.

2.2. Errores no muestrales

2.2.1. Errores de cobertura

- Descripción de los principales errores de clasificación y de los problemas (4) encontrados al recoger los datos por exceso o defecto de cobertura.

- Descripción de los métodos utilizados para procesar estos errores.

- Índices de errores de clasificación, de exceso de cobertura y de defecto de cobertura (punto optativo).

Nota: se usan datos administrativos sueltos, deberá presentarse un análisis similar basado en el archivo administrativo de referencia

2.2.2. Errores de medición

- Descripción de los métodos utilizados para evaluar los errores de medición (5).

- Evaluación del sesgo y descripción de los estimadores utilizados para corregir el sesgo de una variable principal, por ejemplo, los ingresos mensuales.

2.2.3. Errores de proceso (puntos optativos)

Los errores de proceso son los que se producen en el proceso de los datos después de la recogida, como la introducción de datos, su codificación, introducción por teclado, edición, ponderación y tabulación.

- Índices de error en la introducción o codificación de datos para las siguientes variables, por ejemplo:

- ingresos brutos totales para el año de referencia,

- Ingresos brutos totales para el mes representativo,

- número de horas pagadas o trabajadas en el mes representativo.

- Notas metodológicas sobre la estimación de estos índices (6).

- Evaluación del sesgo y de la varianza debidos a errores de proceso.

2.2.4. Errores de no respuesta

- Índice de respuesta de las unidades (7).

- Índices de respuesta por punto en las variables principales (por ejemplo, ingresos mensuales y anuales y horas trabajadas). El índice es la relación entre el número de respuestas por punto y el número de personas que han respondido en ese ámbito.

- Descripción de los métodos usados para la imputación y/o nueva ponderación en los casos de no respuesta.

Nota: Si se usan datos administrativos sueltos, se tratará como no respuesta la no disponibilidad del registro administrativo o del dato concreto.

- Descripción de las causas de la no respuesta y evaluación de los sesgos de la no respuesta en una de las preguntas más importantes del cuestionario, por ejemplo, en relación con los ingresos mensuales o anuales, o las horas trabajadas.

2.2.5. Errores en la aplicación de modelos

Informe (8) sobre la utilización, si procede, de los siguientes modelos:

- para garantizar la selección de un mes representativo,

- para ajustar el año fiscal o contable al año civil,

- para garantizar que se cubren totalmente las secciones C a K de la NACE Rev. 1 en todas las empresas (como mínimo, en el caso de empresas con 10 o más asalariados),

- para combinar datos de fuentes administrativas y encuestas.

Nota: Si se usan datos administrativos sueltos, deberá comentarse la correspondencia entre los conceptos administrativos y los conceptos estadísticos teóricos.

3. Oportunidad y puntualidad

- Fechas clave de la recogida de datos: por ejemplo, plazo impuesto por ley a los encuestados en el Estado miembro, cuándo se enviaron los cuestionarios, recordatorios y añadidos y cuándo se llevó a cabo el trabajo sobre el terreno.

- Fechas clave de la fase posterior a la recogida: por ejemplo, fechas de inicio y finalización de los controles de exhaustividad, codificación y verosimilitud, fecha del control de calidad (congruencia de los resultados) y medidas de confidencialidad.

- Fechas clave de la publicación: por ejemplo, cuándo se calcularon y difundieron los resultados provisionales y detallados.

Nota: La puntualidad del envío de los datos a Eurostat se evaluará de acuerdo con el reglamento en el que se especifica la periodicidad y los plazos para el envío de datos.

4. Accesibilidad y claridad

- Copia de la publicación o publicaciones o una referencia sobre su localización.

- Información sobre qué resultados se envían, si se envían, a las unidades declarantes incluidas en la muestra.

- Información sobre el sistema que se sigue para difundir los resultados (por ejemplo, a quién se envían los resultados).

- Copia o referencias de todo documento metodológico relacionado con las estadísticas presentadas.

5. Comparabilidad

5.1. Comparabilidad geográfica

Si existen diferencias, se deberá incluir en el informe una comparación entre los conceptos nacionales y los conceptos europeos, especialmente en la definición de las unidades estadísticas, la población de referencia, las nomenclaturas y las definiciones de variables en los resultados enviados. Estas diferencias deberán cuantificarse.

Nota: Si las nomenclaturas y las unidades proceden del registro, la calidad de esta información debería derivarse también del informe sobre la calidad del registro.

5.2. Comparabilidad en el tiempo

Detalles de cambios introducidos en las definiciones, la cobertura o los métodos respecto a la anterior encuesta sobre la estructura de los salarios y una evaluación de las consecuencias de posibles cambios no desdeñables.

6. Coherencia

Nota: Este punto tiene dos objetivos: en primer lugar, informar a los usuarios de las diferencias conceptuales que existen entre distintas fuentes para variables muy cercanas y que, habitualmente, tienen el mismo nombre en las publicaciones estadísticas, al tiempo que se les facilita la información que les permita pasar de un concepto a otro. El segundo objetivo es controlar que estadísticas que son bastante comparables desde un punto de vista conceptual arrojan también resultados comparables cuando se refieren al mismo año y a la misma población de referencia. Para conseguir estos objetivos, las estadísticas sobre la estructura de los salarios deberán compararse con otras estadísticas enviadas a Eurostat teniendo en cuenta, por ejemplo, que la encuesta sobre la estructura de los salarios (EES) se basa en unidades locales pertenecientes a empresas con 10 o más asalariados.

6.1. Coherencia con la estructura de asalariados de la encuesta sobre población activa para el mismo período de referencia

La estructura de la EES deberá compararse con la de la encuesta sobre población activa (EPA), ya que ambas comparten diversas variables. En particular, los análisis cruzados de la distribución de asalariados en la EES y la EPA deberán expresarse en porcentajes y realizarse por separado para los asalariados a tiempo completo y a tiempo parcial. Deberán utilizarse tabulaciones cruzadas en las siguientes variables:

- sexo, edad y actividad económica (sección de la NACE Rev. 1),

- sexo, edad y nivel de educación (CINE 0 a 6),

- sexo, edad y ocupación (CIUO-88 a nivel de 1 dígito).

Deberán utilizarse los siguientes tramos de edad: (15-24, 25-54, 55-64, 65 años o más).

6.2. Coherencia con las cifras absolutas de los datos de la encuesta sobre población activa en el mismo período de referencia (punto optativo en la encuesta sobre la estructura de los salarios de 2002)

En el cuadro siguiente se resumen los conceptos comunes a ambas fuentes.

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 11

Las variables "número de asalariados" (con la distinción entre tiempo completo y tiempo parcial y sexo) y "número de horas trabajadas" deberán desglosarse por ocupación, por región y por actividad de la NACE (se reconoce que las secciones M-O de la NACE son optativas para la EES de 2002). No es preciso realizar tabulaciones cruzadas entre ocupación, región y actividad económica.

6.3. Coherencia con las estadísticas estructurales de las empresas del mismo año: datos regionales (punto optativo en la encuesta sobre la estructura de los salarios de 2002)

El Reglamento relativo a las estadísticas estructurales de las empresas (9) cubre todas las actividades de mercado incluidas en las secciones C a K de la NACE Rev. 1, a excepción de la sección J. En el siguiente cuadro se indican los conceptos comunes a ambas fuentes:

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 12

Las variables "número de unidades locales" y "total de ingresos/salarios anuales brutos" deberán desglosarse por actividad de la NACE y por región. La explicación de las principales diferencias entre estas variables deberán tener en cuenta las diferencias en los conceptos, definiciones, precisión y cobertura de cada fuente. Deberá intentarse realizar tabulaciones cruzadas por actividad de la NACE y por región.

6.4. Coherencia con las estadísticas estructurales de las empresas del mismo año: datos nacionales por clase de tamaño de empresa (punto optativo para la encuesta sobre la estructura de los salarios de 2002)

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 12

Las variables "número de empresas", "número de asalariados" y "total de ingresos/salarios anuales brutos" deberán desglosarse simultáneamente por actividad de la NACE y por tamaño de empresa. Las explicaciones de las principales diferencias de estas variables deberán tener en cuenta las diferencias de los conceptos, definiciones, precisión y cobertura de cada fuente. Por ejemplo, en la EEE, el número de empresas (11 11 0), el número de asalariados (variable 16 13 0) y los salarios (variable 13 32 0) no están disponibles para todas las secciones C a K de la NACE.

6.5. Coherencia con las cuentas nacionales del mismo año: datos nacionales (punto optativo para la encuesta sobre la estructura de los salarios de 2002)

En el siguiente cuadro se resumen los conceptos comunes a ambas fuentes:

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 13

Las variables "número de asalariados" y "total de ingresos/salarios anuales brutos" deberán desglosarse por actividad NACE. Las explicaciones de las principales diferencias de las variables entre las dos fuentes deberán tener en cuenta las diferencias en los conceptos y cobertura y, si es posible, la precisión de cada estadística. Para la encuesta sobre la estructura de los salarios de 2002, las secciones M-O de la NACE Rev. 1 son optativas.

7. Exhaustividad

Lista de variables y/o desgloses que exige el Reglamento y que no están disponibles y mejoras previstas para rectificar estas deficiencias.

____________________

(1) Para cada distribución especificada, deberá facilitarse el número total de asalariados, las frecuencias relativas para cada tramo, la media global y el valor medio. (Las medias aritméticas y las medianas no son pertinentes para las variables ocupación o nivel de educación de la NACE Rev. 1, NUTS 1).

(2) Seis tramos para el número total de asalariados: 1-9, 10-49, 50-249, 250-499, 500-999, 1000 o más. El primero de los seis tramos es optativo para las estadísticas estructurales sobre ingresos de 2002

(3) El "coeficiente de variación" es la relación entre la raíz cuadrada de la varianza del estimador y el valor esperado. Se estima mediante la relación entre la raíz cuadrada de la estimación de la varianza muestral y el valor estimado. Debe facilitarse tanto el numerador como el denominador, así como el coeficiente de variación resultante. En la estimación de la varianza muestral hay que tener en cuenta el diseño de la muestra.

(4) Los "errores de clasificación" se deben a que se han clasificado de forma errónea unidades que pertenecen a la población objeto de la encuesta. El defecto de cobertura se debe a unidades (nuevas) no incluidas en el marco, ya se trate de unidades realmente nuevas o de escisiones, y a unidades mal clasificadas. No incluye la economía sumergida. El exceso de cobertura se debe bien a unidades mal clasificadas y que, en realidad, están fuera del ámbito de la encuesta (por ejemplo, si la actividad real de la unidad local no está incluida en las secciones C-K de la NACE Rev. 1) o bien a unidades que en la práctica no existen.

(5) Los errores de medición son los que se producen a la hora de recoger los datos. Hay una serie de causas para los errores de medición, como el instrumento con que se hace la encuesta (el impreso o cuestionario), la persona que responde a la encuesta, el sistema de información, el modo de recoger los datos y el entrevistador.

(6) La medición de los índices de error se puede llevar a cabo mediante técnicas estándar de control de calidad como, por ejemplo, comprobando la calidad de una submuestra de los cuestionarios procesados (comprobar el nivel de errores bien durante la fase de introducción por teclado o bien durante el proceso de redacción a cargo del personal de los institutos nacionales de estadísticas).

(7) El índice es la relación entre el número de respuestas en el ámbito de la encuesta y el número de cuestionarios enviados a la población seleccionada.

(8) Por ejemplo, habría que comentar el procedimiento de selección de estos modelos (es decir, por qué se ha elegido un modelo dado y no otros), el error de estimación asociado a las correspondientes estimaciones (cuando sea pertinente), los elementos de comprobación de los supuestos en los que se basa el modelo, las pruebas de la capacidad de predicción del modelo usando datos históricos, la comparación de los resultados generados por el modelo con otras fuentes de datos relacionadas, el uso de estudios de comprobación y validación cruzada, las pruebas de sensibilidad del modelo a la estimación de parámetros y la validación de la alimentación de datos en el modelo.

(9) DO L 14 de 17.1.1997, p. 1.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 16/01/2002
  • Fecha de publicación: 17/01/2002
  • Fecha de derogación: 26/05/2006
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
Materias
  • Estadística
  • Salarios

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