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Documento DOUE-L-2002-81708

Reglamento (CE, Euratom) nº 1750/2002 del Consejo, de 30 de septiembre de 2002, que modifica el Reglamento (CEE, Euratom, CECA) nº 260/68 por el que se fijan las condiciones y el procedimiento de aplicación del impuesto establecido en beneficio de las Comunidades Europeas.

Publicado en:
«DOCE» núm. 264, de 2 de octubre de 2002, páginas 15 a 15 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-2002-81708

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y en particular su artículo 291,

Visto el Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de las Comunidades Europeas y, en particular, su artículo 13,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando lo siguiente:

(1) Es preciso modificar el Reglamento (CEE, Euratom, CECA) n° 260/68 (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE, CECA, Euratom) n° 2459/98 (2), con el fin de tener en cuenta el Reglamento (CE, Euratom) n° 1746/2002 del Consejo, de 30 de septiembre de 2002, por el que se establecen, en el marco de la reforma de la Comisión, medidas específicas relativas al cese definitivo de funciones de funcionarios de las Comunidades Europeas nombrados en un puesto permanente de la Comisión de las Comunidades Europeas (3).

(2) Es preciso modificar el Reglamento (CEE, Euratom, CECA) n° 260/68, cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE, CECA, Euratom) n° 2459/98, con el fin de tener en cuenta el Reglamento (CE, Euratom) n° 1747/2002 del Consejo, de 30 de septiembre de 2002, por el que se establecen, en el marco de la modernización de la institución, medidas específicas relativas al cese definitivo de funciones de funcionarios de las Comunidades Europeas nombrados en un puesto permanente del Consejo de la Unión Europea (4).

(3) Es preciso asimismo modificar el Reglamento (CEE, Euratom, CECA) n° 260/68, cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE, CECA, Euratom) n° 2459/98, con el fin de tener en cuenta el Reglamento (CE, Euratom) n° 1748/2002 del Consejo, de 30 de septiembre de 2002, por el que se establecen, en el marco de la modernización de la institución, medidas específicas relativas al cese definitivo de funciones de funcionarios de las Comunidades Europeas nombrados en un puesto permanente del Parlamento Europeo y de agentes temporales de los grupos políticos del Parlamento Europeo (5).

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el artículo 2 del Reglamento (CEE, Euratom, CECA) n° 260/68 se añadirán los guiones decimosexto, decimoséptimo y decimoctavo, redactados del modo siguiente:

"- los beneficiarios de la indemnización dispuesta para el caso de cese definitivo de funciones en el artículo 4 del Reglamento (CE, Euratom) n° 1746/2002,

- los beneficiarios de la indemnización dispuesta para el caso de cese definitivo de funciones en el artículo 4 del Reglamento (CE, Euratom) n° 1747/2002,

- los beneficiarios de la indemnización dispuesta para el caso de cese definitivo de funciones en el artículo 4 del Reglamento (CE, Euratom) n° 1748/2002.".

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable, respecto de cada uno de los guiones que se añaden, a partir de la fecha respectiva de entrada en vigor de cada Reglamento a que se refiere el artículo 1.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 30 de septiembre de 2002.

Por el Consejo

El Presidente

P. S. Møller

____________

(1) DO L 56 de 4.3.1968, p. 8.

(2) DO L 307 de 17.11.1998, p. 3.

(3) Véase la página 1 del presente Diario Oficial.

(4) Véase la página 5 del presente Diario Oficial.

(5) Véase la página 9 del presente Diario Oficial.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 30/09/2002
  • Fecha de publicación: 02/10/2002
  • Fecha de entrada en vigor: 03/10/2002
Referencias anteriores
  • AÑADE guiones 16º, 17º y 18º al art. 2 del Reglamento 260/68, de 29 de febrero (Ref. DOUE-L-1968-80009).
Materias
  • Comisión Europea
  • Consejo Europeo
  • Funcionarios de las Comunidades Europeas
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Jubilación
  • Parlamento Europeo
  • Sistema tributario

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