EL COMITÉ,
Visto el Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el reconocimiento mutuo ("el Acuerdo") de la evaluación de la conformidad firmado el 21 de junio de 1999, y, en particular, la letra a) del apartado 4 de su artículo 10 y su artículo 11,
Considerando que el Acuerdo entró en vigor 1 de junio de 2002,
Considerando que el Comité ha de tomar una decisión sobre el establecimiento de la lista de los organismos de evaluación de la conformidad en virtud del Acuerdo,
DECIDE:
Artículo 1
1. Los organismos suizos de evaluación de la conformidad mencionados en el anexo A se incluyen en el anexo 1 del Acuerdo.
2. Los organismos europeos de evaluación de la conformidad que figuran en el anexo B se incluyen en el anexo 1 del Acuerdo.
Artículo 2
La presente Decisión, hecha por duplicado, deberá ser firmada por los copresidentes del Comité o las personas facultadas por las Partes para actuar en su nombre. La presente Decisión surtirá efecto a partir de la fecha de la última firma.
Firmado en Berna el 14 de enero de 2003.
En nombre de la Confederación Suiza
Heinz Hertig
Firmado en Bruselas el 28 de enero de 2003.
En nombre de la Comisión Europea
Paul de Lusignan
TEXTO OMITIDO EN INGLÉS DE PÁGINAS 2 A 213
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