Está Vd. en

Documento DOUE-L-2003-80759

Decisión de la Comisión, de 23 de mayo de 2003, que modifica la Decisión 2002/300/CE por la que se establece la lista de zonas autorizadas en relación con Bonamia ostreae y Marteilia refringens [notificada con el número C(2003) 1639].

Publicado en:
«DOUE» núm. 130, de 27 de mayo de 2003, páginas 27 a 28 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2003-80759

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 91/67/CEE del Consejo, de 28 de enero de 1991, relativa a las condiciones de policía sanitaria aplicables a la puesta en el mercado de animales y de productos de la acuicultura (1), cuya última modificación la constituye la Directiva 98/45/CE (2), y, en particular, su artículo 5,

Considerando lo siguiente:

(1) La Decisión 2002/300/CE de la Comisión (3) especifica las zonas de Irlanda que se consideran indemnes de las enfermedades causadas por Bonamia ostrea y Marteilia refringens.

(2) Las autoridades veterinarias competentes de Irlanda han comunicado a la Comisión y los demás Estados miembros que se ha detectado Bonamia ostrea en Achill Sound. Por tanto, esa zona, anteriormente considerada indemne de Bonamia ostrea, debe dejar de considerarse tal.

(3) La Decisión 2002/300/CE debe modificarse de acuerdo con ello.

(4) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo de la Decisión 2002/300/CE se sustituirá por el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 23 de mayo de 2003.

Por la Comisión

David Byrne

Miembro de la Comisión

_________

(1) DO L 46 de 19.2.1991, p. 1.

(2) DO L 189 de 3.7.1998, p. 12.

(3) DO L 103 de 19.4.2002, p. 24.

ANEXO

"ANEXO

ZONAS AUTORIZADAS EN RELACIÓN CON LAS ENFERMEDADES DE LOS MOLUSCOS CAUSADAS POR BONAMIA OSTREA Y MARTEILIA REFRINGENS

1.A. Zonas autorizadas respecto de B. ostreae en Irlanda

- Toda la costa de Irlanda, excepto las cinco zonas siguientes:

- Cork Harbour

- Galway Bay

- Ballinakill Harbour

- Clew Bay

- Achill Sound

1.B. Zonas autorizadas respecto de M. refringens en Irlanda

- Toda la costa de Irlanda

2.A. Zonas autorizadas respecto de B. ostreae en el Reino Unido, las islas Anglonormandas y la isla de Man

- Toda la costa de Gran Bretaña, excepto las zonas siguientes:

- costa meridional de Cornualles desde Lizard hasta Start Point

- zona en torno al estuario del Solent desde Portland Bill hasta Selsey Bill

- costa de Essex desde Shoeburyness hasta Landguard point

- Toda la costa de Irlanda del Norte

- Toda la costa de Guernsey y Herm

- Zona de los "States of Jersey": consiste en la franja costera y la franja intermareal entre el límite medio de la pleamar y una línea imaginaria situada a tres millas náuticas del límite medio de la bajamar de la isla de Jersey. La zona está situada en el golfo de Saint Malo, en el sur del Canal de la Mancha

- Toda la costa de la isla de Man

2.B. Zonas autorizadas respecto de M. refringens en el Reino Unido, las islas Anglonormandas y la isla de Man

- Toda la costa de Gran Bretaña

- Toda la costa de Irlanda del Norte

- Toda la costa de Guernsey y Herm

- Zona de los "States of Jersey": consiste en la franja costera y la franja intermareal entre el límite medio de la pleamar y una línea imaginaria situada a tres millas náuticas del límite medio de la bajamar de la isla de Jersey. La zona está situada en el golfo de Saint Malo, en el sur del Canal de la Mancha

- Toda la costa de la isla de Man"

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 23/05/2003
  • Fecha de publicación: 27/05/2003
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el anexo de la Decisión 2002/300, de 18 de abril (Ref. DOUE-L-2002-80682).
Materias
  • Enfermedad animal
  • Irlanda
  • Mariscos
  • Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte
  • Sanidad veterinaria

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid