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Documento DOUE-L-2004-80914

Modificación del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOUE» núm. 127, de 29 de abril de 2004, páginas 107 a 107 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2004-80914

TEXTO ORIGINAL

EL TRIBUNAL DE JUSTICIA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, en particular el último párrafo de su artículo 223,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, en particular el último párrafo de su artículo 139,

Considerando lo siguiente:

(1) Debido a la adhesión de los nuevos Estados miembros, el Consejo, mediante Decisión de 19 de abril de 2004, ha modificado en particular la disposición del Protocolo sobre el Estatuto del Tribunal de Justicia relativa al número de jueces que forman parte de la Gran Sala, por lo que procede adaptar las disposiciones del Reglamento de Procedimiento relativas a la composición de esta formación del Tribunal,

(2) Con la aprobación del Consejo, dada el 19 de abril de 2004.

ADOPTA LAS SIGUIENTES MODIFICACIONES DE SU REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO:

Artículo 1

El Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas adoptado el 19 de junio de 1991 (DO L 176 de 4.7.1991, p. 7, con corrección de errores en DO L 383 de 29.12.1992, p. 117), en su versión modificada el 21 de febrero de 1995 (DO L 44 de 28.2.1995, p. 61), el 11 de marzo de 1997 (DO L 103 de 19.4.1997, p. 1, con corrección de errores en DO L 351 de 23.12.1997, p. 72), el 16 de mayo de 2000 (DO L 122 de 24.5.2000, p. 43), el 28 de noviembre de 2000 (DO L 322 de 19.12.2000, p. 1), el 3 de abril de 2001 (DO L 119 de 27.4.2001, p. 1), el 17 de septiembre de 2002 (DO L 272 de 10.10.2002, p. 24, con corrección de errores en DO L 281 de 19.10.2002, p. 24) y el 8 de abril de 2003 (DO L 147 de 14.6.2003, p. 17), queda modificado como sigue:

1) En el artículo 11 bis, segundo guión, el término "once" se sustituye por el término "trece".

2) En el artículo 11 ter, apartado 1, el término "once" se sustituye por el término "trece".

Artículo 2

Las presentes modificaciones del Reglamento de Procedimiento entrarán en vigor el mismo día que la Decisión del Consejo de 19 de abril de 2004, por la que se modifica el Protocolo sobre el Estatuto del Tribunal de Justicia.

Hecho en Luxemburgo, el 20 de abril de 2004.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 20/04/2004
  • Fecha de publicación: 29/04/2004
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Reglamento de 25 de septiembre de 2012; (Ref. DOUE-L-2012-81756).
  • Fecha de derogación: 01/11/2012
Referencias anteriores
  • MODIFICA los arts. 11 bis y 11 ter del Reglamento de Procedimiento de 19 de junio de 1991 (Ref. DOUE-L-1991-80889).
Materias
  • Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas

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