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Documento DOUE-L-2005-80302

Posición Común 2005/146/PESC del Consejo, de 21 de febrero de 2005, por la que se prorroga la Posición Común 2004/161/PESC relativa a la prórroga de medidas restrictivas contra Zimbabwe.

Publicado en:
«DOUE» núm. 49, de 22 de febrero de 2005, páginas 30 a 30 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2005-80302

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 15,

Considerando lo siguiente:

(1) El 19 de febrero de 2004, el Consejo aprobó la Posición Común 2004/161/PESC (1) relativa a la prórroga de medidas restrictivas contra Zimbabue durante un período de doce meses a partir del 21 de febrero de 2004.

(2) Habida cuenta de la situación en Zimbabue, la Posición Común 2004/161/PESC debe prorrogarse durante otro período de doce meses,

HA ADOPTADO LA PRESENTE POSICIÓN COMÚN:

Artículo 1

La Posición Común 2004/161/PESC queda prorrogada hasta el 20 de febrero de 2006. Será reexaminada a la luz de las elecciones legislativas que tendrán lugar en Zimbabue en marzo de 2005.

Artículo 2

La presente Posición Común surtirá efecto el día de su adopción.

Artículo 3

La presente Posición Común se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 21 de febrero de 2005.

Por el Consejo

El Presidente

J. ASSELBORN

______________________________

(1) DO L 50 de 20.2.2004, p. 66.

ANÁLISIS

  • Rango: Otros
  • Fecha de disposición: 21/02/2005
  • Fecha de publicación: 22/02/2005
  • Efectos desde el 21 de febrero de 2005.
Referencias anteriores
  • PRORROGA, hasta el 20 de febrero de 2006, la Posición Común 2004/161, de 19 de febrero (Ref. DOUE-L-2004-80324).
Materias
  • Armas
  • Exportaciones
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Zimbabwe

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