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Documento DOUE-L-2005-82495

Corrección de errores de la Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios.

Publicado en:
«DOUE» núm. 329, de 16 de diciembre de 2005, páginas 40 a 40 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2005-82495

TEXTO ORIGINAL

En la página 146, en el artículo 48, en el apartado 2, en la letra b):

donde dice: «indicación del personal técnico u organismos técnicos, ya estén integrados o no en la empresa del operador económico, y especialmente los responsables del control de la calidad y, cuando se trate de contratos públicos de obras, aquéllos de los que disponga el empresario para la ejecución de la obra;»,

debe decir: «indicación del personal técnico u organismos técnicos, ya estén integrados o no en la empresa del operador económico, y especialmente los responsables del control de la calidad y, cuando se trate de contratos públicos de obras, aquéllos de los que disponga el contratista para la ejecución de la obra;».

En la página 146, en el artículo 48, en el apartado 2, en la letra e):

donde dice: «indicación de los títulos de estudios y profesionales del prestador de servicios o del empresario o de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la prestación de los servicios o de la ejecución de las obras;»,

debe decir: «indicación de los títulos de estudios y profesionales del prestador de servicios o del contratista o de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la prestación de los servicios o de la ejecución de las obras;».

En la página 146, en el artículo 48, en el apartado 2, en la letra g):

donde dice: «declaración que indique la plantilla media anual del prestador de servicios o del empresario y la importancia del personal directivo durante los tres últimos años;»,

debe decir: «declaración que indique la plantilla media anual del prestador de servicios o del contratista y la importancia del personal directivo durante los tres últimos años;».

En la página 146, en el artículo 48, en el apartado 2, en la letra h):

donde dice: «declaración sobre la maquinaria, el material y el equipo técnico del que dispondrá el prestador de servicios o el empresario para ejecutar el contrato;»,

debe decir: «declaración sobre la maquinaria, el material y el equipo técnico del que dispondrá el prestador de servicios o el contratista para ejecutar el contrato;».

En la página 147, en el artículo 52, en el apartado 1:

donde dice: «Los Estados miembros podrán establecer listas oficiales de empresarios, proveedores o prestadores de servicios autorizados o una certificación por parte de organismos de certificación públicos o privados.»,

debe decir: «Los Estados miembros podrán establecer listas oficiales de contratistas, proveedores o prestadores de servicios autorizados o una certificación por parte de organismos de certificación públicos o privados.».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 16/12/2005
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Directiva 2004/18, de 31 de marzo (Ref. DOUE-L-2004-81002).
Materias
  • Contratación administrativa
  • Contrato de obras
  • Contrato de servicios
  • Contrato de suministros

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