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Documento DOUE-L-2006-82252

Decisión del Consejo, de 20 de noviembre de 2006, por la que se modifica y amplía la Decisión 2001/923/CE, por la que se establece un programa de acción en materia de intercambios, asistencia y formación para la protección del euro contra la falsificación de moneda (programa Pericles).

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOUE» núm. 330, de 28 de noviembre de 2006, páginas 28 a 29 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2006-82252

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 123, apartado 4, tercera frase, Vista la propuesta de la Comisión,

Visto el dictamen del Parlamento Europeo,

Visto el dictamen del Banco Central Europeo (1),

Considerando lo siguiente:

(1) El artículo 13, apartado 3, letra a), de la Decisión 2001/923/CE del Consejo (2) establece que la Comisión debe presentar al Parlamento Europeo y al Consejo, a más tardar el 30 de junio de 2005, un informe de evaluación independiente, en relación con el gestor del programa, sobre la pertinencia, la eficiencia y la eficacia del programa, así como una comunicación sobre la oportunidad de proseguir y adaptar el presente programa, acompañada de una propuesta adecuada.

(2) El informe de evaluación elaborado conforme al artículo 13 de dicha Decisión se emitió el 30 de noviembre de 2004. El informe concluía que el programa había logrado sus objetivos y recomendaba su continuación.

(3) En la presente Decisión se ha incluido un importe de referencia financiera, con arreglo al apartado 38 del Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera (3), para toda la duración del programa, sin que ello afecte a las competencias de la Autoridad Presupuestaria tal y como están definidas en el Tratado.

(4) La continuación del programa refleja la necesidad de mantener la vigilancia, la formación y la asistencia técnica necesarias para apoyar la protección del euro contra la falsificación, proporcionando un marco estable para la planificación de los programas de los Estados miembros, particularmente durante un período durante el cual nuevos países adoptarán la moneda única.

(5) En esta línea, la Comisión presentó el 8 de abril de 2005 una propuesta para la continuación del programa Pericles (4) hasta el 31 de diciembre de 2011.

(6) En el proceso de alcanzar el acuerdo definitivo sobre el marco financiero comunitario para 2007-2013, el Consejo decidió ampliar el programa Pericles durante el año 2006.

(7) En su declaración de 30 de enero de 2006, el Consejo consideró que el programa Pericles tiene un carácter plurianual y debe ampliarse hasta 2011. A tal efecto, invitó a la Comisión a que, tan pronto se alcance un acuerdo sobre el futuro marco financiero para 2007-2013, presente una propuesta para prorrogar el programa durante el período que se inicia en 2007.

(8) Es preciso que los programas comunitarios estén en consonancia con el marco financiero de la Comunidad.

(9) Con el fin de evitar solapamientos y garantizar la coherencia y la complementariedad de las acciones del programa Pericles, es importante desarrollar sinergias entre las acciones financiadas por la Comisión, el Banco Central Europeo y Europol.

(10) Por consiguiente, y teniendo en cuenta la necesidad de ayuda y formación continuas para la protección del euro, el programa Pericles deberá ampliarse hasta el 31 de diciembre de 2013. La Decisión 2001/923/CE debería por tanto modificarse en consecuencia.

DECIDE:

Artículo 1

Modificaciones

La Decisión 2001/923/CE queda modificada del siguiente modo:

1) En el artículo 1, apartado 2, la última frase se sustituye por el texto siguiente:

«Se aplicará durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2013.».

________

(1) DO C 163 de 14.7.2006, p. 7.

(2) DO L 339 de 21.12.2001, p. 50. Decisión modificada en último lugar por la Decisión 2006/75/CE (DO L 36 de 8.2.2006, p. 40).

(3) DO C 139 de 14.6.2006, p. 1.

(4) COM (2005) 127 final.

2) El siguiente párrafo se añade al final del artículo 6:

«El importe de referencia financiera para la ejecución del programa de acción comunitario, para el período comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2013, será de 7 000 000 EUR.».

3) El artículo 13, apartado 3, se modifica de la siguiente manera:

a) en la letra a), la fecha «30 de junio de 2005» se sustituye por «30 de junio de 2013»;

b) la letra b) se sustituye por lo siguiente:

«b) cuando expiren los plazos, inicial y adicional, de ejecución del programa y a más tardar los días 30 de junio de 2006 y 2014 respectivamente, informes detallados sobre la aplicación y los resultados del programa, que darán cuenta en concreto del valor añadido de la participación financiera de la Comunidad.».

Artículo 2

Aplicabilidad

La presente Decisión surtirá efecto en los Estados miembros participantes según lo definido en el artículo 1, primer guión, del Reglamento (CE) no 974/98 del Consejo, de 3 de mayo de 1998, sobre la introducción del euro (1).

Artículo 3

Entrada en vigor

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

La presente Decisión será aplicable a partir del 1 de enero de 2007.

Hecho en Bruselas, el 20 de noviembre de 2006.

Por el Consejo

El Presidente

J. KORKEAOJA

___________

(1) DO L 139 de 11.5.1998, p. 1. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 1647/2006 (DO L 309 de 9.11.2006, p. 2).

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 20/11/2006
  • Fecha de publicación: 28/11/2006
  • Fecha de entrada en vigor: 28/11/2006
  • Aplicable desde el 1 de enero de 2006.
  • Fecha de derogación: 08/04/2014
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Reglamento 331/2013, de 11 de marzo (Ref. DOUE-L-2014-80723).
  • SE DICTA EN RELACION ampliando su aplicación a los Estados miembros no participantes: Decisión 2006/850, de 20 de noviembre (Ref. DOUE-L-2006-82253).
Referencias anteriores
Materias
  • Euro
  • Falsificaciones
  • Moneda
  • Programas

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