Está Vd. en

Documento DOUE-L-2007-80961

Posición Común 2007/400/PESC del Consejo, de 11 de junio de 2007, por la que se pone fin a ciertas medidas restrictivas contra Liberia.

Publicado en:
«DOUE» núm. 150, de 12 de junio de 2007, páginas 15 a 15 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2007-80961

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europa y, en particular, su artículo 15,

Considerando lo siguiente:

(1) El 10 de febrero de 2004, el Consejo adoptó la Posición Común 2004/137/PESC (1), relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Liberia, con objeto de aplicar la Resolución 1521 (2003) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Dichas medidas se refieren, entre otras cosas, a la prohibición de importar todo tipo de diamantes en bruto de Liberia a la Comunidad, prohibición que se prolongó en último lugar por un período adicional de seis meses a partir del 23 de diciembre de 2006.

(2) El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptó el 27 de abril de 2007 la Resolución UNSCR 1753 (2007), por la que se pone fin a las medidas relativas a los diamantes impuestas por el apartado 6 de su Resolución UNSCR 1521 (2003).

(3) Por consiguiente, se debe poner fin asimismo a las medidas equivalentes impuestas por la Posición Común 2004/137/PESC.

(4) Es preciso que la Comunidad actúe para aplicar la presente Posición Común.

HA ADOPTADO LA PRESENTE POSICIÓN COMÚN:

Artículo 1

Dejan de aplicarse las medidas impuestas por el artículo 3 de la Posición Común 2004/137/PESC.

Artículo 2

La presente Posición Común se revisará con arreglo a las posibles resoluciones pertinentes que adopte el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el futuro.

Artículo 3

La presente Posición Común surtirá efecto en la fecha de su adopción. Se aplicará a partir del 27 de abril de 2007.

Artículo 4

La presente Posición Común se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Luxemburgo, el 11 de junio de 2007.

Por el Consejo

El Presidente

H. SEEHOFER

____________

(1) DO L 40 de 12.2.2004, p. 35. Posición Común modificada por última vez y prorrogada por la Posición Común 2007/93/PESC (DO L 41 de 13.2.2007, p. 17).

ANÁLISIS

  • Rango: Otros
  • Fecha de disposición: 11/06/2007
  • Fecha de publicación: 12/06/2007
  • Aplicable desde el 27 de abril de 2007.
  • Efectos desde el 11 de junio de 2007.
Referencias anteriores
  • EN RELACIÓN con la Posición Común 2004/137, de 10 de febrero (Ref. DOUE-L-2004-80256).
Materias
  • Comercio
  • Importaciones
  • Liberia
  • Piedras preciosas
  • Sanciones

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid