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Documento DOUE-L-2007-81964

Reglamento (CE) nº 1282/2007 de la Comisión, de 30 de octubre de 2007, por el que se establece una excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CEE) nº 3149/92 en lo que respecta al final del período de ejecución del plan anual de distribución de alimentos para 2007.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«DOUE» núm. 285, de 31 de octubre de 2007, páginas 30 a 30 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2007-81964

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 3730/87 del Consejo, de 10 de diciembre de 1987, por el que se establecen las normas generales aplicables al suministro a determinadas organizaciones de alimentos procedentes de existencias de intervención y destinados a ser distribuidos a las personas más necesitadas de la Comunidad (1), y, en particular, su artículo 6,

Considerando lo siguiente:

(1) El artículo 3, apartado 1, del Reglamento (CEE) no 3149/92 de la Comisión, de 29 de octubre de 1992, por el que se establecen las disposiciones de aplicación para el suministro de alimentos procedentes de las existencias de intervención en beneficio de las personas más necesitadas de la Comunidad (2), dispone que el período de ejecución del plan anual de distribución de alimentos termina el 31 de diciembre del año siguiente al de su adopción.

(2) Mediante el Reglamento (CE) no 1539/2006 de la Comisión (3) se adoptó el plan correspondiente al período que termina el 31 de diciembre de 2007.

(3) En el caso de 61 232,50 toneladas de cereales, de 1 618 toneladas de mantequilla y de 10 991 578 EUR para la movilización en el mercado de leche desnatada en polvo que se han asignado a Italia, y en el caso de 4 000 toneladas de mantequilla y de 10 millones de EUR para la movilización en el mercado de leche desnatada en polvo que se han asignado a Francia, en el marco del plan de 2007, circunstancias excepcionales en los mercados de los cereales y los productos lácteos que se han producido durante la campaña 2006/07 han dado lugar a complicaciones en lo que respecta a la ejecución de los contratos de suministro celebrados con los agentes económicos.

Al efecto de facilitar la ejecución del plan anual conforme a lo previsto en el Reglamento (CE) no 1539/2006, conviene aplazar, en esos casos, el final del plan anual hasta el 29 de febrero de 2008.

(4) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de los cereales.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

No obstante lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, del Reglamento (CEE) no 3149/92 y en lo que se refiere a 61 232,50 toneladas de cereales, 1 618 toneladas de mantequilla y 10 991 578 EUR para la movilización en el mercado de leche desnatada en polvo que se han asignado a Italia, y a 4 000 toneladas de mantequilla y 10 millones de EUR para la movilización en el mercado de leche desnatada en polvo que se han asignado a Francia, en el marco del plan de 2007, se podrá proceder a la ejecución de dicho plan hasta el 29 de febrero de 2008.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 30 de octubre de 2007.

Por la Comisión

Mariann FISCHER BOEL

Miembro de la Comisión

_______________

(1) DO L 352 de 15.12.1987, p. 1. Reglamento modificado por el Reglamento (CE) no 2535/95 (DO L 260 de 31.10.1995, p. 3).

(2) DO L 313 de 30.10.1992, p. 50. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 1127/2007 (DO L 255 de 29.9.2007, p. 18).

(3) DO L 283 de 14.10.2006, p. 14. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 937/2007 (DO L 206 de 7.8.2007, p. 5).

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 30/10/2007
  • Fecha de publicación: 31/10/2007
  • Fecha de entrada en vigor: 03/11/2007
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
Materias
  • Ayuda alimentaria
  • Cereales
  • Francia
  • Italia
  • Leche
  • Mantequilla
  • Organismo de intervención
  • Organizaciones Humanitarias
  • Productos alimenticios
  • Suministros

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