LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista la Directiva 2002/21/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa a un marco regulador común de las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva marco) (1), y, en particular, su artículo 17, apartado 1,
Previa consulta del Comité de comunicaciones,
Considerando lo siguiente:
(1) La Comisión adoptó la Decisión 2007/176/CE (2) por la que se establece una relación de normas y/o especificaciones para las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas y los recursos y servicios asociados. El capítulo VIII de dicha relación se refiere a las normas relativas a los servicios de radiodifusión.
(2) El suministro armonizado de radiodifusión televisiva terrestre en plataformas móviles resulta esencial para lograr economías de escala en la UE. En su Comunicación «Reforzar el mercado interior de la televisión móvil» (3), la Comisión señalaba que la norma DVB-H (Digital Video Broadcasting Handheld) era la más adecuada para el desarrollo futuro de la televisión móvil terrestre en Europa e indicaba su intención de añadirla a la relación de normas.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el anexo de la Decisión 2007/176/CE, se añade el texto siguiente a la sección 8.3 (Radiodifusión digital) del capítulo VIII de la relación de normas:
TABLA OMITIDA EN PÁGINA 24
Artículo 2
Destinatarios
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 17 de marzo de 2008.
Por la Comisión
Viviane REDING
Miembro de la Comisión
___________
(1) DO L 108 de 24.4.2002, p. 33. Directiva modificada por el Reglamento (CE) no 717/2007 (DO L 171 de 29.6.2007, p. 32).
(2) DO L 86 de 27.3.2007, p. 11.
(3) COM (2007) 409 final de 18.7.2007.
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